El Subsidio por desempleo. Ante una situación de desempleo, quienes hayan cotizado más de un año tendrá derecho al cobro de una prestación por desempleo. Pero ¿qué ocurre con aquellas personas que hayan trabajado menos de un año?
En el caso de que usted haya cotizado menos de un año, podrá acceder a un subsidio por desempleo; es lo que popularmente se denomina «mini paro»; cuya duración dependerá del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.
¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a este subsidio?
- Estar desempleado/a y en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito/a como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
- Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días.
- No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
¿Cuánto se cobra?
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): para 2022 será 463,21 euros. En el caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato. Además, durante la percepción del subsidio, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, protección a la familia.
¿Cuánto tiempo se puede cobrar este subsidio?
La duración depende del número de meses cotizados y de si usted tiene o no responsabilidades familiares.
- Con responsabilidades familiares:
- El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
- El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
- Sin responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.
En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
¿Cómo solicitarlo?
La solicitud se podrá presentar a través de:
- La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
- En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Documentación necesaria.
¿Cuál es el plazo para solicitarlo?
Deberá presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.
El derecho al subsidio nacerá el día siguiente de la situación legal de desempleo. Si la empresa le hubiera abonado las vacaciones por no haberlas disfrutado, el subsidio nacerá el día siguiente al fin del periodo que corresponda a estas vacaciones. Si presenta la solicitud fuera de plazo, tendrá derecho a que se apruebe a partir del día siguiente a la fecha de la solicitud, teniendo en cuenta que se restarán de la duración del subsidio los días comprendidos entre la fecha en que hubiera correspondido el inicio de la prestación (si se hubiera solicitado en plazo) y la fecha en que se haya presentado la solicitud.