El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca las Becas de carácter general para el curso académico 2022-2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
¿Quiénes pueden solicitar las Becas del Ministerio de Educación?
Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:
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- Primer y segundo cursos de bachillerato.
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Enseñanzas deportivas.
- Enseñanzas artísticas superiores.
- Estudios religiosos superiores.
- Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
- Ciclos Formativos de Grado Básico.
2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
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- Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Solicitudes
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en la web www.educacionyfp.gob.es.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo para presentar la solicitud de beca tanto para estudios universitarios como no universitarios se extenderá desde el día 30 de marzo de 2022 hasta el 12 de mayo de 2022, a las 24:00 horas, hora peninsular, ambos inclusive.
¿Cuál es la cuantía económica de las becas de Educación?
La cuantía económica de las becas estará compuesta por la suma de una cantidad fija y otra cantidad variables.
Las cuantías fijas serán las siguientes:
- Beca de matrícula para estudiantes universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2022-2023.
- Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.700 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
- Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 1.600 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
- Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
- Beca básica para estudiantes no universitarios: 300 euros. En el caso de los becarios que cursen Ciclos Formativos de Grado Básico esta cuantía será de 350 euros.
Cuantía variable. La cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes será resultante de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60 euros.