Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: qué es, cuantía, quién tiene derecho y cómo solicitarla

Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía genera un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía en nuestra Comunidad Autónoma para una mayor defensa y garantía de la ciudadanía, actuando como elemento impulsor de la integración social y laboral de las personas perceptoras.

¿Quién tiene derecho a la Renta Mínima de Inserción Social?

Tendrán derecho a las unidades familiares cuyos miembros tengan vecindad administrativa en Andalucía, se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, y cumplan los requisitos. Así como aquellas que, aún no cumpliendo alguno de los requisitos, se encuentren en situación de urgencia o emergencia social. Requisitos y personas titulares y beneficiarias

¿Cuál es la prestación económica de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía?

Consiste en una prestación económica mensual del 78% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), calculada en doce mensualidades, vigente en la fecha de resolución de la solicitud, incrementada ésta en un 10% del IPREM por cada persona integrante de la unidad familiar distinta de la persona solicitante de la misma, hasta un máximo equivalente del 125% de dicho IPREM. El límite podrá alcanzar el 145% del IPREM en las unidades familiares con 3 o más menores, unidades familiares monoparentales o monomarentales y unidades familiares con personas con discapacidad.

¿Qué es el Plan de inclusión sociolaboral?

Además de la prestación económica, la persona beneficiaria accederá a un conjunto de actuaciones de intervención social y de carácter laboral necesarias. El objetivo es la integración social y laboral de las personas titulares y del resto de componentes de la unidad familiar beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. En su caso, podrán incluirse otras medidas en materia de educación, salud y vivienda. Este Plan se diseñará de forma participada por los servicios sociales comunitarios donde resida la unidad familiar beneficiaria y el Servicio Andaluz de Empleo, en el plazo de un mes desde la fecha en que se dicte resolución de concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía con la participación de la persona titular y, en su caso de las beneficiarias.

¿Cómo se solicita?

Se puede solicitar por las siguientes vías:

De manera presencial. La solicitud acompañada de los documentos preceptivos se presentará preferentemente en los servicios sociales comunitarios de la localidad en donde se encuentre empadronada y resida efectivamente la persona solicitante.

Por internet. La solicitud acompañada de los documentos preceptivos se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía. Acceder al trámite online

Acuda al Centro Servicios Sociales Comunitarios de referencia: Si su situación actual se encuadra en alguna de las situaciones recogidas en la normativa como urgencia social o emergencia social (ser víctima de violencia de género o explotación sexual o laboral; encontrarse en proceso de desahucio, ejecución hipotecaria o pérdida de la vivienda habitual; o enfermedad grave que impida el desarrollo de la vida cotidiana) para la tramitación de la solicitud con carácter prioritario.

O si cumple alguna de las exenciones de acceso de acuerdo con el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, para que le elaboren informe social al efecto de su acreditación.