El Consejo de Ministros aprobará hoy que las empleadas de hogar puedan cobrar la prestación y los correspondientes subsidios por paro. Recordemos que los Ministerios de Trabajo e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobaron esta norma, tras ratificar el Convenio 189 de la Organización internacional del Trabajo (OIT).
El nuevo régimen laboral incluirá el derecho a cotizar por desempleo y, por tanto, a cobrar dicho paro contributivo o el subsidio.
Más novedades
Además del derecho a paro, el Real Decreto-ley establecerá las causas de despido de las empleadas de hogar, limitando la actual figura del despido por desistimiento. Dicha causa de despido, permite al empleador rescindir el contrato sin justificación alguna. A partir de ahora, dicha causa de despido sólo podrá aplicarse cuando cambien las circunstancias del empleador (por causas sobrevenidas como quedarse en paro o incapacitado para trabajar, etc.).
También se establece su cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) que garantiza que reciben dicha indemnización o los salarios no abonados en el caso de sentencia judicial favorable.
¿A quién afectará la nueva normativa?
La normativa se dirige a aquellas personas que estén inscritas en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social. Actualmente, casi 400.000 personas.
¿Cuándo podrán cobrar el paro las empleadas de hogar?
Las medidas entrarán en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de Estado (BOE), pero serán los Presupuestos Generales del Estado los que fijarán los términos finales de cotización del colectivo. Además, como ocurre con el resto de trabajadores, las empleadas de hogar tendrán un periodo de carencia (tiempo de cotización), antes de poder empezar a cobrar la prestación por desempleo y, en su caso, el subsidio. Requisitos y cuantía de la prestación.
Otras reivindicaciones
Desde a Asociación de Mujeres Empleadas de Hogar y Cuidados (SEDOAC) se felicitan de la convalidación del Convenio 189 de la OIT, pero se lamentan de que no se haya dado respuesta a alguna de sus otras reivindicaciones; por ejemplo el mantener a las trabajadoras del hogar en un régimen especial de la Seguridad Social o el no eliminar el régimen de interna.