¿Qué ocurre si el SEPE le hace un ingreso que no le corresponde? (pago indebido)

Es posible que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) le haya hecho un pago indebido, el ingreso de una cantidad que no le corresponde. El estado de alarma ha complicado enormemente las tareas de los funcionarios del SEPE, que se han visto desbordados. Es por ello que se están realizando algunos ingresos que no les corresponden a los titulares.

Regularización automática

En algunos casos, no será necesario hacer nada. En determinadas prestaciones por ERTE es posible que, al consultar el recibo, se vea un cobro indebido que no es real y que desaparecerá cuando se realicen las regularizaciones pertinentes. Se recomienda volver a consultar el estado de la prestación más adelante, para comprobar que la situación se ha regularizado.

Notificación por cobro indebido

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está llevando a cabo un proceso de revisión de las prestaciones. En el caso de detectar cobros indebidos, procederá a notificar a las personas beneficiarias de esos cobros indebidos. Si usted recibe esa carta, tenga en cuenta lo siguiente:

  • En la carta, el SEPE le explica la razón por la que debe llevar a cabo la devolución del pago indebido.
  • Además, le adjunta un Boletín con toda la información necesaria para realizar el pago que se le reclama:
      • Importe exacto que tiene que devolver.
      • Cuenta bancaria del Banco de  España a la que debe hacer la transferencia.
      • Recuerde que en la transferencia bancaria es muy importante señalar quién hace el pago, tal y como indican en el boletín; todos estos datos: NÓMINA ERTE, DNI o NIE, NOMBRE Y APELLIDOS.
      • Dirección de correo electrónica del SEPE, al que debe enviar copia del resguardo de la transferencia realizada.

Plazo para realizar el pago

Una vez que se haya notificado este requerimiento, la persona interesada dispone de 30 días hábiles para realizar este trámite, sin recargos ni intereses si se realiza en el plazo correspondienteTranscurridos los 30 días sin que haya devuelto el cobro indebido, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se inicia la vía de apremio. Esta vía tiene un recargo del 20 % sobre el importe del cobro indebido.

¿Se puede reclamar?

Si ha recibido comunicación informándole de que ha percibido un cobro indebido y no está conforme, podrá presentar alegaciones ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de 10 días desde que recibió la comunicación.

Las alegaciones las deberá presentar por escrito, aportando los documentos justificativos en caso necesario. Deberá indicar los hechos y las razones en las cuales basa su disconformidad, ya sea en relación con el período del cobro indebido, con la cantidad reclamada o bien con la causa misma de la suspensión, extinción o revisión que ha originado ese cobro indebido.