Novedades en la Formación Profesional para el Empleo

La Junta de Andalucía ha publicado una Orden con una serie de novedades, para mejorar la Formación Profesional para el Empleo.

Certificados de Profesionalidad

  • ¿Qué son? Los certificados de profesionalidad son documentos mediante los que se acreditan oficialmente las competencias necesarias para el desarrollo de una actividad laboral, ya que reconocen un determinado perfil profesional.
  • ¿Cuál es su validez? Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y en Andalucía son expedidos por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

Novedades de Formación Profesional para el Empleo

Entre las novedades que se han introducido:

Acceso a los módulos formativos. Se amplían y flexibilizan las posibilidades de acceso a la formación de los módulos de los certificados de profesionalidad de niveles de cualificación profesional 2 y 3, los que requieren de mayores requisitos de titulación. Con la nueva regulación se da respuesta inmediata a las personas interesadas en realizar estas especialidades formativas, que no poseen el título necesario para acceder a ellos y encuentran un obstáculo en el conocimiento del idioma castellano o de la competencia matemática, o encuentran dificultades para aprender otros idiomas extranjeros.

Competencias claves. Las entidades de formación inscritas en el Registro de centros de Formación Profesional para el Empleo podrán impartir acciones formativas, para desempleados y ocupados, dirigidas a la obtención de competencias claves (lengua, matemáticas, idiomas extranjeros).

ONG’s. Las organizaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de entidades de Formación Profesional para el Empleo, que dispongan de la estructura y medios necesarios para impartirla, podrán hacerla llegar a partir de ahora a aquellos colectivos más desfavorecidos a los que se dirigen.

Horarios. Se amplía el horario para el desarrollo de las acciones formativas no financiadas con fondos públicos de lunes a domingo, siempre que el 50% de su desarrollo se realice de lunes a viernes. Esta nueva posibilidad facilita la formación a trabajadores ocupados en determinados sectores como hostelería y comercio, en los que la jornada laboral puede extenderse en horario de mañana y tarde, lo que dificulta su asistencia.

La nueva Orden

Orden de 6 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 29 de julio de 2016, por la que se regula el procedimiento de autorización, seguimiento, evaluación y control de acciones formativas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad en la modalidad presencial, no financiados con Fondos de Formación Profesional para el Empleo