Los procesos de estabilización llegan a su fin ¿Qué ocurrirá con los interinos que no los superen?
A finales del 2021, se aprobó la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. El objetivo primordial de esta Ley era situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 % en el conjunto de las Administraciones Públicas españolas: reducir el número de Interinos existentes en todas las Administración Públicas (Ayuntamientos, Diputaciones, Ministerios, etc.).
Finalización de los procesos de estabilización del Personal interino
La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público finalizaron el 31 de diciembre de 2022. A partir de esa fecha, se iniciaba un plazo de 2 años para resolver dichos procesos selectivos. Por tanto, deberán finalizar antes de 31 de diciembre de 2024. Preguntas y respuestas frecuentes sobre los Procesos de estabilización
Indemnización
Una vez finalizados los procesos, en ningún caso, podrá existir incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.
Una vez finalizados los procesos, va a ser imposible evitar que un cierto número del personal interino que ha estado trabajando sufra el cese tras la resolución definitiva de la estabilización. En esos casos, sólo queda la correspondiente indemnización:
- Personal funcionario o laboral interino. Corresponderá una compensación económica, equivalente a 20 días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización.
- En el caso del personal laboral temporal, dicha compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de veinte días de su salario fijo por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades, y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. En caso de que la citada indemnización fuere reconocida en vía judicial, se procederá a la compensación de cantidades.
- En el caso de que la persona interina no haya participado en el proceso selectivo de estabilización, no dará derecho a compensación económica en ningún caso.
Presupuestos 2025
En el caso de Andalucía, el Gobierno andaluz incluirá en su Ley de Presupuestos de 2025 la compensación económica para el personal temporal de Administración General que, habiendo participado en las convocatorias de empleo establecidas, no haya superado los procesos selectivos de estabilización.