Subida del SMI hasta los 1.221 euros mensuales sin tributación
El Consejo de Ministros ha aprobado la subida del 3,1% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas. El aumento supone 37 euros más al mes, es decir, 518 euros en términos anuales, hasta los 17.094 euros. La medida se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado que el incremento del SMI en los últimos 6 años alcanza el 66%, una política compatible con lograr niveles récord de ocupación en España. La titular de Trabajo ha remarcado igualmente el carácter feminista del aumento, como demuestra que la brecha retributiva entre los hombres y las mujeres en España se encuentra ya por debajo de la media de la Unión Europea. Yolanda Díaz ha recordado que el SMI repercute también especialmente entre los asalariados más jóvenes.
Por comunidades autónomas, el mayor impacto en términos relativos se produce en Canarias y en Extremadura, y en Andalucía y Madrid por número total de beneficiarios. La vicepresidenta ha resaltado también los beneficios de la medida en la agricultura, un sector donde algunos pronosticaban que iba a provocar «un descalabro absoluto».
Rebaja fiscal
Una novedad importante consiste en que el Gobierno vigilará que el incremento del SMI sea real y no se evite con «fraudes contables» como mecanismos de compensación y absorción de los complementos específicos de los trabajadores. Además, la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado que la aprobación del SMI se acompaña de una rebaja fiscal en forma de deducción de hasta 591 euros para las personas con salarios por debajo de los 20.000 euros. En la práctica, esto significa que las personas perceptoras del SMI seguirán estando exentas de tributar en el IRPF. Montero ha cifrado en 11.000 millones de euros el ahorro que han acumulado los contribuyentes de rentas bajas desde el año 2023 gracias a las sucesivas rebajas fiscales.
¿Cuándo se aplicará la subida?
Este incremento salarial se aprueba como un real decreto, por lo que no será necesaria su convalidación por el Congreso y se aplicará con fecha 1 de enero de 2026, así que los trabajadores deberán ver reflejado el aumento no abonado en enero en nóminas posteriores.
