Beca de formación para persona con discapacidad intelectual (Defensor del Pueblo Andaluz)
El Defensor del Pueblo Andaluz convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual. La beca tendrá por objeto la formación de dicha persona, desde enero a junio de 2027 (primer semestre), para tareas de apoyo a funciones propias del personal subalterno y administrativo u otras que se estimen pertinentes en función de aptitudes, formación y experiencia, como medida de formación para su integración laboral.
Requisitos
Los requisitos para ser persona beneficiaria de la beca por discapacidad psíquica del tipo discapacidad intelectual son los siguientes:
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- Haber cumplido los 18 años.
- Tener discapacidad intelectual en un grado igual o superior al 33%, acreditada mediante certificado y dictamen técnico facultativo. No debe tener asociado un diagnóstico englobado en la discapacidad por enfermedad mental o del desarrollo.
- No contar con experiencia laboral alguna, ni por cuenta propia ni por cuenta ajena, en los últimos dos años o que dicha experiencia no exceda, en su cómputo total, de los 6 meses y, dentro de estos, no superar los 3 meses en tareas similares.
Características de la Beca
En cuanto a las asignaciones económicas, comprende una asignación mensual de 800 euros, pagaderos por mes vencido, y una asignación por un importe máximo de hasta 300 euros para la contratación de un seguro. En cuanto a su duración, será de 6 meses, transcurridos los cuales se entregará un certificado acreditativo de su realización. El periodo previsto de seis meses no podrá ser ampliado, en ningún caso.
La persona becada realizará su programa formativo bajo la dirección de la Jefatura del Departamento de Documentación y Biblioteca, debiendo permanecer en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz durante 5 horas al día, de lunes a viernes, entre las 8:30 y las 14:30 horas.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán ser dirigidas al Defensor del Pueblo Andaluz, poniendo como referencia o asunto «BECA_EMD», y por cualquiera de los siguientes medios:
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- Presencialmente, en la sede de nuestras oficinas: calle Reyes Católicos, 21, en Sevilla.
- A través de la Sede electrónica de la Institución: https://sede.defensordelpuebloandaluz.es
- Correo postal certificado, dirigido a C/ Reyes Católicos, 21. 41001 Sevilla.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; del 29 de junio al 10 de julio de 2026.
Documentación. Las personas interesadas deberán aportar el escrito de solicitud (conforme al modelo que figura en el Anexo I de las bases), un Informe actualizado de vida laboral y copia del documento acreditativo de la discapacidad psíquica en cuestión, emitido por el centro de valoración de la discapacidad (debe incluir el Dictamen Técnico Facultativo).
¿Cómo será el procedimiento de selección?
El procedimiento se desarrollará en las siguientes fases:
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- En la Fase I se llevará a cabo la Calificación de la documentación (que consistirá en verificar la documentación solicitada en la presentación y el cumplimiento de los requisitos previstos para la obtención de la beca). La Presentación de alegaciones y subsanaciones (se abrirá un plazo de 10 días hábiles). Publicación de listado definitivo (una vez se evalúen las alegaciones y subsanaciones aportadas).
- Fase II. Valoración de méritos. La Comisión de Selección podrá solicitar la aportación de la documentación que estime pertinente al objeto de verificar las circunstancias puestas de manifiesto en las solicitudes.
- Fase III. Entrevista con la Comisión de Selección. Se convocará a las 4 personas que hubiesen obtenido mayor puntuación en la fase de valoración de méritos para la realización de una entrevista personal. La entrevista consistirá en preguntas sobre aspectos relativos a habilidades personales, laborales y sociales, e irá orientada a evaluar el potencial aprovechamiento que la persona solicitante pudiera hacer de la beca, atendiendo al propósito de esta.
- Fase IV. Propuesta de concesión de la beca. La misma recaerá en aquella persona que, a juicio de la Comisión de Selección, presente un mayor potencial de aprovechamiento, indicándose en todo caso el orden en que hubiesen quedado las otras personas entrevistadas.
- Fase V. Resolución de concesión de beca. En atención a la propuesta realizada por la Comisión de Selección, el Defensor del Pueblo Andaluz resolverá la concesión de la beca.
Más información sobre la Beca del Defensor del Pueblo Andaluz
Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la institución. Bases de la convocatoria
