Se prorrogan las ayudas a la Tarifa Plana para los autónomos

La Junta de Andalucía prorroga las ayudas a la Tarifa Plana para los autónomos. La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha aprobado la prórroga un año más de las ayudas destinadas a la ampliación de la tarifa plana estatal de los trabajadores autónomos y los trabajadores por cuenta propia agrarios.

Finalidad

Las ayudas tienen por objeto cubrir los costes de las cuotas de cotización a la Seguridad Social de los autónomos, extendiendo la tarifa plana estatal a dos años, de modo que se reduzca la carga de gastos en los estados iniciales de la actividad de estos trabajadores.

Personas beneficiarias

Estos incentivos van dirigidos a todos los trabajadores autónomos, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, que estén dados de alta en el RETA y acogidos a la tarifa plana estatal, y distingue a distintos colectivos.

  1. En primer lugar, para los nuevos autónomos que se hayan dado de alta en Andalucía, se establece una extensión de la cuota reducida de 60 euros estatal durante el segundo año de actividad, tras el período de disfrute de la misma (que abarca los primeros doce meses). De esta manera, en Andalucía los nuevos autónomos solo tienen que asumir 60 euros en los primeros 24 meses de actividad en total.
  2. En segundo lugar, para las mujeres trabajadoras autónomas residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes, se establece una cuota de 30 euros mensuales durante el primer año, en lugar de los 60 euros que fijan las ayudas estatales para nuevos autónomos, y una extensión de esta cuota superreducida de 30 euros durante el segundo año.
  3. En tercer lugar, en el caso nuevos autónomos menores de 30 años, se establece una cuota de 30 euros mensuales durante el primer año, en lugar de los 60 que fijan las ayudas estatales, además de una extensión de esta cuota superreducida de 30 euros durante el segundo año.
  4. En cuarto lugar, para las mujeres trabajadoras autónomas que han cesado su actividad por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, las ayudas de esta orden le permitirán beneficiarse de una extensión de la cuota reducida de 60 euros estatal durante todo el segundo año tras su reincorporación, en lugar de la cuota completa.
  5. En el caso de los trabajadores autónomos agrarios que están acogidos a la cuota de 50 euros estatal durante el primer año, las ayudas les permitirán prolongar un año más esta reducción.

Más información, Tarifa Plana Autónomos

SOLICITUDES. La resolución sobre esta medida, que está incluida en el Programa de Estímulo a la Creación y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía, fija que las solicitudes y la documentación necesaria se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, a través de un formulario de solicitud que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

PLAZO DE SOLICITUD. El plazo para presentar las solicitudes estará abierto desde el viernes 1 de octubre y hasta el 30 de septiembre de 2022.