Resumen de trámites, para perceptores de prestación y subsidio por desempleo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) publica toda la información y trámites relacionados con la situación del COVIDー19. En primer lugar, recordar que se suspenden los plazos: ante la situación excepcional que se está atravesando, se considerarán  en plazo  las solicitudes presentadas por cualquier cauce durante el periodo en que estén vigor las medidas específicas para este periodo.

En segundo lugar, se aprueban prestaciones para colectivos específicos:

  • Protección específica para personas socias trabajadoras de cooperativas. Se acuerdan las mismas medidas que para trabajadores afectados por un ERTE a aquellas personas que tengan la condición de socias trabajadoras de sociedades laborales y de cooperativas que hayan cotizado por desempleo.
  • Reposición de prestaciones a trabajadores fijos discontinuos. Se otorga una protección específica a los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos, que finalicen su actividad antes de lo previsto en su contrato. Se les repondrá la prestación por desempleo hasta 90 días.

Por último, a modo de resumen, en cuanto a prestaciones y subsidios por desempleo:

Perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo.

      • Para la inscripción como demandante de empleo, se deben seguir las instrucciones del servicio público de empleo de la Comunidad. En el caso de Andalicía, el Servicio Andaluz de Empleo (SAE): todas las demandas serán renovadas automáticamente. Esta medida se mantendrá mientras esté vigente el estado de alarma. Además, se ha habilitado un formulario de solicitud de inscripción inicial de la demanda de empleo para la personas que cesen su actividad laboral por ERTE, ERE o cualquier otra circunstancia.
      • No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
      • No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.

Personas afectadas por un ERTE.

      • No tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y  el SEPE.

Personas en situación de desempleo NO por un ERTE.