¿Qué es un contrato de trabajo fijo-discontinuo? Características, llamamientos, cotización…

Si vas a ser contratado/a por una empresa, una de las posibilidades es que firmes un contrato fijo discontinuo.

Te explicamos las características de este tipo de contrato y cuándo se aplica.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

El contrato fijo discontinuo es una modalidad del contrato de trabajo cuya característica principal es que la realización de trabajo no se hace de manera continua, sino que se realiza en un determinado período del año. Este contrato viene regulado en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores (ET), eliminándose, tras la reforma laboral de 2022, la distinción entre contratos fijos periódicos y fijos discontinuos.

    • Un contrato fijo discontinuo es una modalidad del contrato indefinido que se caracteriza porque la prestación del trabajo es discontinua en el tiempo, con períodos de actividad y otros de inactividad, pero sin romper la relación laboral con la empresa.

¿Cuándo se firma un contrato fijo-discontinuo?

Este tipo de contrato se concertará para realizar trabajos estacionales o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.

También puede concertarse para el desarrollo de trabajos consistentes en la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que, siendo previsibles, formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.

Asimismo, podrá celebrarse entre una empresa de trabajo temporal y una persona contratada para ser cedida.

Siempre por escrito

El contrato de trabajo fijo-discontinuo se deberá formalizar obligatoriamente por escrito, estableciéndose los elementos esenciales de la actividad laboral, entre otros: la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria. Estos últimos datos pueden aparecer  con carácter estimado, pero se deberán concretar en el momento de la incorporación del trabajador. ¿Qué datos deben aparecer en un contrato de trabajo?

¿Cómo se producen los llamamientos para la incorporación al puesto?

El convenio colectivo (o en su defecto, acuerdo de empresa) establecerá el criterio que se ha de seguir para llevar a cabo los llamamientos de los trabajadores fijos-discontinuos.

El llamamiento deberá realizarse por escrito (o por otro medio que permita dejar constancia de la notificación a la persona interesada), con una antelación adecuada e indicándose las condiciones de la incorporación. 

Además, la empresa deberá informar a la representación legal de los trabajadores, al inicio de cada año natural, del calendario con las previsiones de llamamiento anual, o, en su caso, semestral, así como los datos de las altas efectivas de las personas fijas discontinuas una vez se produzcan.

¿Cuál es la duración del contrato fijo discontinuo?

Este contrato se firma desde el inicio con carácter indefinido, por tanto, no tiene fecha establecida de finalización; si bien, tiene la característica de suspenderse y activarse según las épocas del año.

¿Se puede pasar a un contrato fijo ordinario?

Sí; además, la empresa deberá informar a los trabajadores con contrato fijo-discontinuo y a los representantes sindicales sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes de carácter fijo ordinario, de manera que aquellas puedan formular solicitudes de conversión voluntaria (según los procedimientos que establezca el convenio colectivo sectorial o, en su defecto, el acuerdo de empresa).

¿Qué diferencias hay entre el contrato fijo discontinuo y el contrato temporal?

El contrato temporal se firma con una duración determinada (hasta seis meses o un año, según convenio) y, una vez que finaliza ese periodo, se acaba la relación laboral. En cambio, el contrato fijo discontinuo es indefinido.

Ventas e inconvenientes de los contratos fijos-discontinuos

Si has firmado un contrato fijo-discontinuo vas a disponer de cierta estabilidad, ya que vas a trabajar de manera indefinida, aunque no todo el año. Además, en los periodos de inactividad, podrás cobrar la prestación por desempleo que te corresponda (si cumple los requisitos). También tendrás prioridad para el acceso a formación y la antigüedad en la empresa se contabiliza como en un contrato indefinido ordinario.

Pero también tiene inconvenientes, ya que el trabajador no cobra un sueldo los meses que no trabaja y sólo percibirá la prestación por desempleo si ha cotizado el tiempo mínimo para ello: cuando finaliza el periodo anual de trabajo, se pasa a la situación de desempleo (haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores).

¿Cómo cotizan los trabajadores con este contrato?

Los trabajadores cotizan a la Seguridad Social como cualquier otro trabajador indefinido: por desempleo, contingencias comunes y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; pero sólo durante el tiempo que estén trabajando (y durante el periodo de inactividad, si perciben una prestación por desempleo).