Pruebas para títulos de Técnico y Técnico Superior. Orden de la Consejería de Educación y Deporte, de la Junta de Andalucía, por la que se convocan las pruebas para la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el año 2021.
¿Qué son las pruebas de obtención de título de Técnico y Técnico superior?
Estas pruebas son una alternativa para conseguir el título de Técnico o Técnico Superior; sobre todo cuando la persona interesada está trabajando y no dispone de tiempo para ir a clase, tiene obligaciones que le impiden asistir a clase regularmente o prefiere prepararse por su cuenta. Las pruebas constan de uno o varios exámenes por módulo profesional.
Requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico
1. Para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico de cualquiera de los ciclos formativos de formación profesional se requerirá:
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- Tener 18 años de edad.
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
2. Asimismo, se podrá acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico en los siguientes casos:
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- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria.
- Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Formación Profesional de primer grado.
- Estar en posesión del título de Técnico.
- Haber superado el segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado el tercer curso del plan de estudios de 1963, o segundo curso de comunes experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
3. En caso de no reunir el requisito académico especificado en el apartado b. del punto 1 ni ninguno de los especificados en el punto 2 anterior, se podrá acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico cuando, cumpliendo los requisitos de edad, se acredite haber superado las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio. La superación de la prueba de acceso a la universidad, en cualquiera de sus modalidades, también será reconocida como requisito válido.
Requisitos para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico Superior
1. Para acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico Superior de cualquiera de los ciclos formativos de formación profesional se requerirá:
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- Tener 20 años de edad. En el caso de que se acredite estar en posesión de un título de Técnico relacionado con el de Técnico Superior que se pretende obtener, el requisito de edad será de 19 años.
- Estar en posesión del título de Bachiller de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
2. Asimismo, se podrá acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico Superior en los siguientes casos:
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- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria o Preuniversitario.
- Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
3. En caso de no reunir el requisito académico especificado en el apartado b. del punto 1 ni ninguno de los especificados en el punto 2 anterior, se podrá acceder a las pruebas para la obtención de título de Técnico Superior cuando, cumpliendo los requisitos de edad, se acre-dite haber superado las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior. La superación de la prueba de acceso a la universidad, en cualquiera de sus modalidades, también será reconocida como requisito válido.
Presentación de solicitudes
- Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los centros docentes para la presentación de solicitudes serán vienen relacionados en el Anexo III de la orden.
- Si el número de solicitudes recibidas en un centro docente superase la capacidad del mismo para atender adecuadamente la realización de las pruebas, la Consejería competente en materia de educación podrá reubicar de oficio a las personas necesarias en otros centros docentes de la provincia.
- La solicitud de admisión y matriculación se formulará a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 18 de febrero de 2021.
Otras fechas
El listado provisional de alumnos admitidos será publicado por la Consejería el 19 de marzo de 2021, abriéndose un periodo de subsanación. El periodo de realización de exámenes será el comprendido entre el 19 de abril y el 31 de mayo de 2021.