El Servicio de Mediación Penal público y gratuito funciona ya en toda Andalucía ¿Qué es y cómo funciona?
El consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, ha inaugurado las instalaciones del SEMPA cordobés, ubicado en la Ciudad de la Justicia. De esta manera, el Servicio de Mediación Penal para Adultos (SEMPA) ha comenzado en Córdoba, Málaga y Cádiz.
Hay que recordar que, este servicio, funciona desde mayo en las otras cinco provincias andaluzas. En estos meses, en Almería, Granada, Jaén, Huelva y Sevilla, han llegado 405 asuntos y se han logrado 98 acuerdos en un plazo medio de 45 días, frente a los «dos o tres años» que se prolonga un proceso judicial.
Hay que recordar que, la mediación, por ley, no se puede utilizar para los delitos de violencia de género y sexual.
¿Qué es la Mediación Penal?
La mediación es, sin duda, el sistema alternativo de solución de conflictos más conocido. La mediación puede definirse como un modelo de solución de conflictos que, mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial, ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolver aquéllas.
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- Es voluntaria, se inicia voluntariamente y cualquiera de las partes puede retirarse cuando lo desee.
- Es confidencial, lo tratado en una sesión no será utilizado fuera del proceso de mediación. Los mediadores no pueden ser citados como testigos por los tribunales.
- Es un proceso flexible, se adapta a las características y necesidades de las partes y en él se pueden tratar todas las cuestiones que preocupen a las partes, sin que tenga que limitarse a las planteadas en el proceso judicial.
- Se basa en el respeto y la buena fe.
- La mediación se basa en el diálogo. El mediador velará por que las partes dispongan de las mismas oportunidades para expresarse.
- Los mediadores son imparciales y neutrales, no juzgan, no valoran, no tienen relación con ninguna de las partes.
- La mediación puede servir para resolver un conflicto sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Objetivos de la mediación en el proceso penal
Los fines que persigue la mediación en el proceso penal son:
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- Conocer las causas reales y las consecuencias del conflicto, buscando la fórmula más idónea para satisfacer las necesidades personales de víctima e infractor.
- Asegurar una efectiva protección a la víctima mediante la reparación o disminución del daño causado por el delito. Si no existe víctima, la reparación podrá tener carácter simbólico ante la comunidad social.
- Responsabilizar al infractor sobre las consecuencias de su infracción, a la vez que procurar medios para la normalización de su vida.
- Atenuar la pena, si es posible.
- Restablecer la convivencia y el diálogo comunitario.
- Devolver protagonismo a la sociedad civil.
La mediación en ningún caso puede eludir la intervención del derecho penal. En todo caso, exista acuerdo o no entre las partes, se enviará lo actuado al juzgado en cuestión para su enjuiciamiento, dado que el procedimiento ha de terminar con una sentencia.
¿Se puede ir con mi abogado?
Las partes deben acudir personalmente. Es aconsejable que los abogados les acompañen a la primera sesión informativa. Los abogados siguen siendo los asesores jurídicos de las partes en el procedimiento, por ello deberán conocer el acuerdo final de mediación antes de su firma.
¿Es obligatorio acudir a la mediación?
No es obligatorio, la mediación es una vía voluntaria de solucionar conflictos. Una vez iniciada, tampoco es obligatorio seguir en ella ni alcanzar acuerdos.
¿Qué pasa con el procedimiento judicial?
Si se alcanzan acuerdos, previo su control jurídico por los letrados de las partes, podrán llevarse al procedimiento para ser homologados o aprobados judicialmente.
¿Qué sucede si no hay acuerdo?
El procedimiento judicial continúa. Aunque no se alcance el acuerdo, las partes suelen salir satisfechas de su participación en la mediación.
¿Qué validez tiene el acuerdo en su caso?
El acuerdo aprobado judicialmente tiene la misma validez que una sentencia. Si una parte incumple, la otra puede acudir a la vía judicial para solicitar el cumplimiento.