
Resolución de la Universidad de Sevilla por la que se acuerda publicar las plazas de la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024.
Según establece el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, la cual se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas.
Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
Corresponde a la Universidad de Sevilla una tasa de reposición de 98 plazas, de las cuales 59 pertenecen a personal laboral y 39 a personal funcionario.
Publicación.
Se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla para el año 2024.
Convocatorias.
Las convocatorias de las plazas se llevarán a efecto conforme a lo dispuesto en el art. 70 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro del plazo en el mismo contemplado y la publicidad prevista en dicha norma, el Reglamento General del PAS de la Universidad de Sevilla y el IV Convenio Colectivo del PAS Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas, reservándose el cupo legalmente establecido para personas con discapacidad.
Relación de plazas.
PTGAS. Funcionario
Subgrupo | Escala | Núm. de plazas |
---|---|---|
A2 | Gestión (Especialidad Informática) | 4 |
C1 | Administrativa (Especialidad Informática) | 4 |
C1 | Administrativa | 31 |
PTGAS. Laboral
Grupo | Categoría | Núm. de plazas |
---|---|---|
I | Titulado Superior | 1 |
I | Profesor/a Instituto de Idiomas | 8 |
II | Titulado/a Grado Medio | 3 |
III | Técnico/a Especialista | 5 |
IV | Técnico/a Auxiliar | 42 |
Reserva de plazas.
Del total de plazas que se ofertan, se reserva un cupo no inferior al 10 por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, reservando dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual y un 1 por ciento para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
Esta reserva se concreta de la siguiente forma:
Subgrupo/Grupo | Escala/Categoría | Discapacidad general | Discapacidad intelectual | Discapacidad mental |
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C1 | Administrativa (funcionario) | 3 | 1 | |
IV | Técnico/a Auxiliar (laboral) | 4 | 2 |