ESO y Bachillerato para personas adultas: Requisitos y Solicitudes

Hasta el 15 de junio está abierto el plazo para presentar la solicitud de admisión a Bachillerato y a Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

Bachillerato para personas adultas

Requisitos de edadPara cursar estas enseñanzas en régimen de personas adultas debes ser mayor de dieciocho años o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico. De manera excepcional, también puedes acceder a las enseñanzas de personas adultas si eres mayor de 16 años, o los cumples en el año natural en que comienza el curso académico, acreditando alguna de estas situaciones:
    • Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena de manera que no puedas acudir al centro educativo de carácter ordinario.
    • Ser deportista de rendimiento en Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.
    • Encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación que  te  impida  cursar  las  enseñanzas  en  régimen  ordinario,  quedando  incluidas  en  este  supuesto  las  personas víctimas de la violencia de género y las víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
    • Ser persona interna en centros penitenciarios o de menores sujeta a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.
Requisitos académicosSi deseas acceder a Bachillerato para personas adultas, tienes que estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
    • Graduado en la ESO o equivalente.
    • Técnico de Formación Profesional o equivalente, según la especialidad.
    • Técnico de Artes Plásticas y Diseño (para el acceso a Bachillerato de Artes). 

Requisitos específicos de modalidad a distancia. Para cursar Bachillerato para personas adultas en modalidad a distancia tendrás también que tener la condición de andaluz (tener la vecindad administrativa, es decir, estar empadronado en cualquier municipio de Andalucía) o la condición de andaluz en el extranjero.

Solicitudes:

Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas

Requisitos de edad. Para cursar estas enseñanzas en régimen de personas adultas debes ser mayor de dieciocho años o cumplirlos en el año natural en que comience el curso académico.

De manera excepcional, también puedes acceder a las enseñanzas de personas adultas si eres mayor de 16 años, o los cumples en el año natural en que comienza el curso académico, acreditando alguna de estas situaciones:

    • Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena de manera que no puedas acudir al centro educativo de carácter ordinario.
    • Ser deportista de rendimiento en Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.
    • Encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra que  te  impida  cursar  las  enseñanzas  en  régimen  ordinario,  quedando  incluidas  en  este  supuesto  las  personas víctimas de la violencia de género y las víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.
    • Estar interno o interna en centros penitenciarios o de menores sujetos a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.

Solo hay dos situaciones en las que podrás acceder a las enseñanzas de personas adultas siendo menor de 16 años: encontrarte en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra que  te  impida  cursar  las  enseñanzas  en  régimen  ordinario; o estar interno o interna en centros de menores sujetos a medidas de privación de libertad por sentencia judicial.

Requisitos académicosSi quieres cursar la ESO para personas adultas no necesitas tener ninguna titulación previa, aunque es conveniente que realices la Formación Básica si tienes dificultades de lectoescritura.

Requisitos específicos de modalidad a distanciaPara cursar la ESO para personas adultas en modalidad a distancia (Institutos Provinciales de Educación Permanente – IPEP) tendrás también que tener la condición de andaluz (tener la vecindad administrativa, es decir, estar empadronado en cualquier municipio de Andalucía) o la condición de andaluz en el extranjero.

Solicitudes: