Finalidad de la ayuda
El objeto de la presente convocatoria es la regulación de ayudas económicas para la juventud malagueña, dirigidas a sufragar parte de los gastos derivados de la obtención de cualquier tipo de permiso de conducir.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de esta ayuda?
Podrán optar a esta ayuda, las personas que cumplan los siguientes requisitos:
-
- Edad: desde los 18 hasta los 35 años, en el momento de la solicitud.
- Estar empadronado en el municipio de Málaga, en el momento de la solicitud.
- Haber obtenido cualquier clase de permiso de conducir, desde el 1 de agosto del año 2022 hasta el 31 de julio de 2023. La fecha de obtención la determinará, exclusivamente, el permiso de conducir o la autorización temporal para conducir.
- No haber obtenido la misma ayuda con anterioridad, por la obtención de cualquier tipo de permiso de conducir.
- Ser titular de una cuenta bancaria.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de cualquier ámbito y de la Seguridad Social, desde el momento de la solicitud hasta la realización del pago.
Cuantía económica
Se establecerán 670 ayudas de 100 euros. Las ayudas económicas previstas en la presente convocatoria se imputarán a la partida presupuestaria 20/9241/48100 PAM 4312 por una cuantía total de: 67.000 euros, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la convocatoria y pudiendo ampliarse en el supuesto en el que el crédito presupuestario sea superior mediante la tramitación de la correspondiente modificación de créditos.
Plazo presentación solicitudes
Esta ayuda se podrá solicitar hasta el 31 de julio de 2023.
Más información sobre el Programa Málaga Conduce 2023
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es), con identificado BDNS: 686523.