Ya está abierto el plazo de solicitud de la ayuda de 200€ (2023) para salariados, autónomos o desempleados.
¿Qué es la ayuda o cheque de 200€?
Es una ayuda consistente en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
Desde el 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, se podrá solicitar esta ayuda, que tiene como finalidad paliar la subida de los precios. Para poder recibirla, se establecen así mismo unos máximos de ingresos y patrimonios conjuntos en función de la convivencia en el domicilio, con el objetivo de que el colectivo de beneficiarios de la ayuda responda a los principios de necesidad y progresividad.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Podrá pedirla cualquier persona que, en el 2022:
- Tengan residencia habitual en España.
- Haya realizado una actividad laboral por cuenta propia o ajena, por la cual esté dado de alta.
- También beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
- No superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
Rentas y Patrimonio de toda la familia.
Para el cálculo de las rentas y del patrimonio, se tendrán en cuenta el de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
¿Quiénes no tienen derecho a esta ayuda?
No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia).
- Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).
¿Cómo solicitar la ayuda de 200 euros (2023)?
La solicitud se debe hacer a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social. Formulario de tramitación electrónica
- Se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.
¿Hay que presentar algún tipo de documentación?
No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.
¿Cómo se cobra la ayuda?
La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria, en la que el solicitante sea titular.
¿Cuánto tardan en hacer el ingreso?
El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
Ahora bien, si pasados esos tres meses, no se le ha efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse denegada. Si esto ocurre, la persona solicitante dispone de un mes para presentar una reclamación.
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