
Plazas de Policía Nacional
La Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior) convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
Convocadas 2.764 plazas de Policía Nacional
Se convoca un total de 2.764 plazas para ingreso por oposición libre, de las cuales, se reservan 553 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales. Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería que no sean cubiertas se acumularán a las 2.211 plazas.
Requisitos
Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación en la Policía Nacional.
- No haber sido condenado o condenada por delito doloso, grave o menos grave, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional aprobado por Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, recogido en el anexo IV, salvo lo que se indica en la base 6.1.3.a) respecto de las causas de exclusión cuya efectividad ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo.
- No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones salvo prescripción facultativa previa.
- Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir.
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. En relación con tales equivalencias, habrá de estarse a lo dispuesto en la normativa vigente y de acuerdo con lo previsto por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
- Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero. Las personas aspirantes a ingresar en la Policía Nacional, en la categoría de Policía, deberán estar en posesión de, al menos, el nivel A2 en cualquiera de los idiomas prioritarios (inglés o francés) para la Policía Nacional antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado»: desde el 12 de agosto hasta el 2 de septiembre de 2025.
Procedimiento de inscripción
La presentación de solicitudes de admisión a las pruebas y el pago de las tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través del Portal web de la Policía Nacional.
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- La solicitud se presentará obligatoriamente por vía telemática a través del Portal web de la Policía Nacional (https://policia.es/): seleccionando Portal del Aspirante (Procesos Selectivos)/ Policía Nacional Escala Básica y Escala Ejecutiva (enlace).
Lugar de realización de las pruebas
- Para la primera prueba se podrá optar entre las sedes de Ávila, Cáceres, Cádiz, Albacete, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Málaga, Murcia, Palma de Mallorca, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia o Zaragoza. Solo las personas opositoras que tengan fijada su residencia en el plazo de admisión de instancias en las Islas Baleares o Canarias, podrán elegir como sede de examen las mismas, respectivamente.
- Para la segunda prueba se podrá optar entre las siguientes sedes: alicante, Ávila, Cádiz, Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid o Palma de Mallorca.
- El reconocimiento médico y la entrevista personal, de la tercera prueba se celebrarán en Madrid. No obstante, el tribunal podrá, en su caso, determinar otras sedes de examen para su realización
¿Cómo seré el proceso selectivo?
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Oposición, Curso de formación y Módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
1. Fase de oposición
La fase de Oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
- Primera prueba. Conocimientos. La prueba consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II a la convocatoria.
- Segunda prueba. Aptitud física. Consistirá en la realización por las personas opositoras de los ejercicios físicos que se describen en el anexo I de las bases.
- Tercera prueba. Esta última prueba constará de tres partes eliminatorias:
- Reconocimiento médico. Dirigido a comprobar que no concurren en la persona aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
- Entrevista personal. De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad de cada aspirante tomando como referencia criterios que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar.
- Test psicotécnico. Consistirá en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) de la persona aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira.
2. Curso de Formación
Quienes superen la fase de oposición y hayan presentado en plazo la documentación exigida, serán nombrados Policías-alumnos o Policías-alumnas por el Director General de la Policía, y en tal calidad se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento en la fecha que oportunamente se determine, para la realización de un curso académico de carácter selectivo de formación profesional e irrepetible.
Para superar el curso, dado su carácter selectivo, el alumnado deberá realizarlo en su integridad y aprobar todas y cada una de las asignaturas del plan de estudios vigente.
3. Módulo de formación práctica
Finalmente, quienes superen el curso selectivo realizarán en su integridad un módulo de formación práctica en el puesto de trabajo que se determine por este centro directivo, necesario para la obtención del nivel de profesionalización requerido para la categoría a la que se aspira a ingresar.
Más información sobre las plazas de Policía Nacional
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional. Bases de la convocatoria