La Dirección General de Trabajo publica la relación de fiestas laborales para el año 2025 (días festivos nacionales).
Se trata de la relación de fiestas laborales para el año 2025 remitida al Ministerio de Trabajo y Economía Social por las diecisiete comunidades autónomas y por las ciudades de Ceuta y Melilla.
Fiestas laborales
Fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable; tanto las que tienen el carácter de nacionales y no sustituibles por las comunidades autónomas, como aquellas respecto de las cuales las comunidades autónomas pueden optar entre la celebración en su territorio de dichas fiestas o su sustitución por otras que, por tradición, les sean propias.
Se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.
Asimismo, aquellas comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales podrán añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.
Las doce fiestas resultantes por aplicación de la legislación establecida serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio, las cuales se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente.
Calendario días festivos 2025
Se publica en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de fiestas laborales para el año 2025 de ámbito nacional, de comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla. Calendario 2025.
En el caso de Andalucía:
- 1 de enero, Año nuevo *
- 6 de enero, Epifanía del Señor **
- 28 de febrero, Día de Andalucía ***
- 17 de abril, Jueves santo **
- 18 de abril, Viernes santo *
- 1 de mayo, Fiesta del trabajo *
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen *
- 13 de octubre, Lunes siguiente al día de la Fiesta Nacional de España **
- 1 de noviembre, Todos los Santos *
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española *
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción *
- 25 de diciembre, Natividad del Señor *
Fiesta Nacional no sustituible (*).
Fiesta Nacional respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución (**).
Fiesta de Comunidad Autónoma (***)