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Ayudas de hasta 7.500€ para comprar de vehículos eléctricos: Programa Auto+

AO 23/07/2026
ayudas compra vehículos eléctricos

Ayudas para comprar de vehículo eléctricos

Programa Auto+ de ayudas para la compra en España de vehículos eléctricos y electrificados, con etiqueta ambiental CERO. El «Programa Auto+» consistente en incentivar la adquisición en España de vehículos eléctricos y electrificados que estén incluidos en las categorías establecidas y que dispongan de la etiqueta ambiental CERO de la Dirección General de Tráfico. Hay dos líneas de financiación:

  • la Línea 1, destinada a personas físicas que no realicen una actividad económica, y
  • la Línea 2, destinada a personas físicas y jurídicas que realicen una actividad económica.

Ayudas para personas que no realicen una actividad económica (Línea 1)

Las ayudas se concederán para incentivar la adquisición directa de:

  • vehículos nuevos, matriculados por primera vez a nombre del beneficiario en una fecha igual o posterior a la estipulada en cada convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España.
  • otros vehículos, adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado con fecha igual o posterior a la estipulada en cada convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España y no hayan transcurrido más de doce meses entre la fecha de primera matriculación y la fecha de factura.

Ayudas destinada a personas físicas y jurídicas que realicen una actividad económica (Línea 2)

Las ayudas se concederán bien para la adquisición de la propiedad de vehículos por adquisición directa, bien para la adquisición de su uso por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por «renting»:

  • vehículos nuevos, matriculados por primera vez después de la fecha estipulada en la respectiva convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España, a nombre del beneficiario o a nombre de la empresa de renting o de leasing financiero. En este último caso, la duración mínima del contrato deberá ser de tres años.
  • otros vehículos, adquiridos a través de un concesionario o punto de venta del grupo fabricante/importador, cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya efectuado con fecha igual o posterior a la indicada en la respectiva convocatoria, siempre y cuando dicha matriculación se haya efectuado en España y no hayan transcurrido más de doce meses entre la fecha de primera matriculación y la fecha de factura.

Tipos de vehículos subvencionables

Las categorías elegibles de los vehículos serán las siguientes:

  • Turismos (que tengan, como máximo, ocho plazas de asiento además de la del conductor).
  • Furgonetas o camiones ligeros (vehículos diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kilogramos).
  • Motocicletas (con una velocidad de diseño superior a los 45 km/h).
  • Cuadriciclos ligeros (cuya masa en vacío sea inferior o igual a 425 kg).
  • Cuadriciclos pesados (cuya masa sea inferior o igual a 450 kg en el caso de transporte de pasajeros y a 600 kg en el caso de transporte de mercancías).

Sólo podrán recibir ayuda los beneficiarios que hayan adquirido un vehículo que ostente la etiqueta CERO, bien sea un vehículo eléctrico puro o bien sea un vehículo electrificado.

Plazos para la presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el establecido en la correspondiente convocatoria, y se prolongará hasta el 15 de octubre del año en curso como máximo. En el caso de que el crédito con el que se financia una convocatoria tenga la condición de incorporable, este plazo se podrá prolongar hasta el 31 de diciembre.

Concesión de las ayudas

Las ayudas previstas se concederán de forma directa, a través de convocatorias, aprobadas mediante orden ministerial del Ministro de Industria y Turismo. El ámbito geográfico para la compra de vehículos es todo territorio nacional y la vigencia del Programa Auto+ finalizará el 31 de diciembre de 2030.

Más información sobre las ayudas para la compra de vehículos eléctricos (Programa Auto+)

El Real Decreto 609/2026, de 22 de julio regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+). Bases publicadas en el BOE

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