Se aprueba la integración de los Profesores Técnicos de FP en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional publica el Real Decreto, que regula la normativa básica del procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Requisitos y condiciones
El profesorado del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Acreditar estar en posesión de la titulación de Grado universitario, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de docencia de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Sólo podrá participar en la convocatoria que se efectúe por la administración educativa donde tenga su destino definitivo o se encuentre en expectativa de destino.
- Podrá solicitar la integración en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, siempre que se encuentre en la situación de servicio activo o en algunas de las situaciones administrativas a que se refiere el apartado 1 del artículo 12 del Real Decreto.
Convocatoria
Las administraciones educativas deberán efectuar una convocatoria pública para que el profesorado del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reúna los requisitos y cumpla las condiciones establecidas, pueda integrarse en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
En dicha convocatoria, se establecerá la forma de presentación de las solicitudes, la documentación adicional que se precise y el plazo de presentación de solicitudes (que será de veinte días hábiles).
Más información
Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias.