¿Quieres ser Policía local? Requisitos y Pruebas de acceso (I). Los miembros de la Policía local son funcionarios de carrera, y acceden a las plazas mediante el sistema oposición, en turno libre. Las plazas son convocadas por los Ayuntamientos y pertenecen a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local. Si estás interesado/a en pertenecer al Cuerpo de Policía local, te interesa conocer los requisitos de acceso.
¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para poder realizar las oposiciones a Policía Local?
Los requisitos que se han de cumplir, para las plazas de todos los ayuntamientos españoles, son los siguientes:
- Nacionalidad: ser español o tener nacionalidad española.
- Formación académica. Se exige Bachiller, FP II o equivalente en todas las Comunidades Autónomas a excepción de: Aragón, Cataluña, País Vasco, Madrid y Ceuta, que exigen Graduado escolar, FP I o equivalente.
- Permisos de conducir (varía según CC AA): estar en posesión de los permisos de conducción A y B.
- En Madrid: permisos de conducir A con experiencia de 2 años y B. La experiencia de 2 años con el carné A podrá sustituirse por un curso teórico- práctico que se impartirá en la escuela de policía una vez obtenida la plaza.
- En Valencia: estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A y B que permita la conducción de motocicletas con una potencia no superior a los 25 Kw.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas establecidas en las bases de cada convocatoria.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
¿Cuáles son los requisitos de acceso a plazas de Policía local, en Andalucía?
Para participar los procesos selectivos convocados por ayuntamientos andaluces, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad española.
- Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta y cinco.
- Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
- Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
- Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP). Estar en posesión del permiso de conducción clase A2 y clase B.- Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.
¿Cómo es el proceso selectivo?
El proceso selectivo consta de las siguientes fases y pruebas:
Primera fase: OPOSICIÓN. En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las pruebas establecidas, las cuales se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.
- Primera prueba: aptitud física. Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física, cada una de las cuales tendrán carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto. Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
- Segunda prueba: examen médico. Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden que se recogerá en la convocatoria. Se calificará de apto o no apto
- Tercera prueba: psicotécnica. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.
- Valoración de aptitudes. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira. Se explorarán los siguientes aspectos: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
- Valoración de actitudes y personalidad. Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad. Se explorarán los siguientes aspectos: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
- Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos.
- Cuarta prueba: conocimientos. Consistirá en la contestación, por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas.
Segunda fase: CURSO DE INGRESO. Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.
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