El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publica una primera relación de más de 140.000 potenciales beneficiarios de las ayudas directas por las borrascas
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) un primer listado (enlace al final de la página) de 140.559 agricultores y ganaderos potenciales beneficiarios de las ayudas directas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias de Andalucía y Extremadura como consecuencia de la cadena de borrascas ocurrida entre los meses de enero y febrero. El listado incluye las cuantías individuales que potencialmente podrán percibir y que oscilan entre 5.000 y 25.000 euros. El Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes ante los daños causados por diversos episodios climáticos adversos, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura, establece distintas líneas de apoyo para el sector agrario por un valor total de 2.874 millones de euros, de los que 2.174 son ayudas directas. El ministerio publicará un segundo listado próximamente, por lo que aquellos titulares de explotaciones que no figuren en esta primera relación deberán esperar a dicha publicación. Ayudas de 5.000 a 25.000 euros por pérdidas en las explotaciones agrarias y otras medidas
Aceptación de las ayudas
Para poder percibir la ayuda, los titulares incluidos en este listado deberán realizar una aceptación expresa en un plazo de 15 días hábiles, comprendido entre el 7 y el 27 de abril, ambos inclusive. La aceptación de la ayuda lleva implícita la declaración responsable en la cual el beneficiario confirma expresamente que ha sufrido daños en su explotación como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos y que el importe de la ayuda que tiene asignada no excede del coste de dichos daños. Este paso es imprescindible, ya que estas ayudas públicas están destinadas exclusivamente a compensar pérdidas reales y acreditadas en las explotaciones afectadas.
La aceptación podrá realizarse de forma sencilla a través de los representantes habituales de los titulares de las explotaciones como entidades colaboradoras, organizaciones profesionales agrarias o asesorías, que están habilitados para gestionar este trámite en nombre de los beneficiarios. El objetivo es facilitar al máximo el proceso y reducir la carga administrativa para los interesados. No obstante, quienes prefieran realizar la gestión directamente también podrán hacerlo a través del registro electrónico del FEGA, accesible desde su sede electrónica.
La publicación de este listado permite a los potenciales beneficiarios conocer de forma anticipada el importe previsto de la ayuda, en el marco de un procedimiento diseñado para agilizar la tramitación y el pago de estas compensaciones. Con esta actuación, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación avanza en la ejecución de las medidas previstas en el real decreto-ley, con el objetivo de apoyar al sector agrario y contribuir a la recuperación de las explotaciones afectadas por estos episodios meteorológicos adversos.
Primer listado
Se publica la primera relación parcial de personas y entidades titulares de las explotaciones en los que concurren los requisitos contemplados en el artículo 9 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero. El importe de la ayuda ascenderá a una cuantía equivalente al 30% de los ingresos agrarios declarados en el último ejercicio fiscal. Primer listado provisional
Esa relación es meramente informativa y no supone en modo alguno el reconocimiento de un derecho de ayudas, no generando derechos económicos. Los interesados que aparecen en esta primera relación parcial deben de renunciar o aceptar expresamente la ayuda. La aceptación implicará la declaración responsable de que la ayuda a percibir no excede del valor de los daños sufridos como consecuencia del desastre natural o del acontecimiento de carácter excepcional previsto por esta ayuda. En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda.
