Este es el Plan de Empleo, prejubilaciones y Bolsas de trabajo de Correos (2025-2028)

Plan de Empleo, prejubilaciones y Bolsas de trabajo: la mesa de negociación del próximo convenio de Correos sigue avanzando.

Correos y los sindicatos están inmersos en la negociación del IV Convenio Colectivo, con el objetivo de abordar los desafíos actuales y futuros de la empresa postal. La negociación, liderada por el sindicato CCOO, avanza en entre las propuestas presentadas por ambas partes.

A mediados del mes pasado se informaba tanto de lo que la empresa Correos proponía, como de las propuestas de los sindicatos. Propuestas Correos/Sindicatos

Plan de Empleo y prejubilaciones de los trabajadores de Correos

Las partes convienen en la necesidad de adaptar el ciclo del empleo vigente al contexto actual y previsible futuro dándole una coherencia integral desde la entrada, itinerario y salida de éste, que permita de forma ágil y dinámica adecuar las necesidades del negocio, rejuvenecer la plantilla y seleccionar a personal cualificado garantizando, en cualquier caso, los principios de transparencia, igualdad y no discriminación, publicidad, mérito y capacidad.

Se diseñará un nuevo ciclo de empleo apostando por el empleo fijo, a tiempo completo y limitando los contratos temporales. Un ciclo de empleo con un nuevo sistema que permita de forma ágil y dinámica adecuar las necesidades del negocio, rejuvenecer la plantilla y seleccionar a personal cualificado.

Plan de salidas voluntarias 2025-2028

Se implementará un Plan de salidas voluntarias 2025-2028 para el personal laboral fijo que tenga al menos 61 años y un plan de excedencias voluntarias para el personal funcionario.

La adhesión al plan de salidas será voluntario por parte de la empresa y de las personas trabajadoras y partirá, pendiente de definir el detalle definitivo por parte de la Comisión de desarrollo y seguimiento del Acuerdo Marco de las siguientes consideraciones:

Plan de Salidas Voluntarias Incentivadas para el personal laboral fijo. Establecerá tres colectivos con condiciones diferenciadas:

    1. Personas mayores de 65 años con contrato laboral fijo. Podrán acceder a la jubilación ordinaria cumpliendo los requisitos de edad y período de cotización. Tendrán una compensación equivalente a un año del salario bruto anual, con un máximo de 50.000 €.
    2. Personas entre 63 y 65 años con contrato laboral fijo. Podrán acogerse a la jubilación anticipada conforme al artículo 208 de la Ley General de Seguridad Social, cumpliendo los requisitos de edad y años de cotización. Recibirán la Pensión de jubilación (según lo establecido en el artículo 208 de la Ley General de Seguridad Social) o compensación económica adicional (percibida hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria). Este importe será equivalente al salario bruto anual, pagadero en forma anual o mensual, con un máximo de 50.000 €.
    3. Personas menores de 63 años con contrato laboral fijo. Este colectivo se incorporará al sistema al cumplir 61 años (por ejemplo, aquellos con 57 años en la actualidad se incorporarían al plan en 2028). En este caso, se extinguirá el contrato de trabajo, de mutuo acuerdo, a partir de los 61 años, cumpliendo los requisitos de edad y años de cotización.
      • Periodo hasta los 63 años: compensación económica que garantice hasta el 80% del salario bruto anual; una prima de adhesión, para compensar el efecto del IRPF sobre la compensación económica, hasta cumplir los 63 años; y convenio especial con la Seguridad Social, hasta alcanzar la jubilación anticipada.
      • A partir de los 63 años: Pensión de jubilación (según el artículo 208 de la Ley General de Seguridad Social); y compensación económica adicional, pagada hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria, equivalente al salario bruto anual, con un máximo de 50.000 €.

Plan de Salidas voluntarias Incentivadas para el personal funcionario. El Programa de Excedencias Voluntarias Incentivadas se enmarca en la continuidad de los acuerdos suscritos entre Correos y las organizaciones sindicales, alineándose con lo dispuesto las normativas vigentes que regulan las excedencias voluntarias incentivadas para el personal funcionario, en concreto el RDL 670/1987 de Clases Pasivas del Estado, y la Ley 14/2000 en su artículo 58, apartado 14.

Se estudiará un programa para facilitar la movilidad del personal funcionario a otros ministerios, diseñando las condiciones económicas para dicha movilidad.

Plan de Empleo

Conversión progresiva de los contratos de tiempo parcial en tiempo completo y reducción de la eventualidad al 8% durante la vigencia del acuerdo.

Los concursos de traslados serán una de las herramientas a utilizar para conseguir este objetivo. La incorporación de estas medidas estará vinculada a la implementación de las medidas incluidas en el bloque III del presente acuerdo.

Bolsas de empleoEmpresa y sindicatos coinciden en regular un nuevo sistema de Bolsas de Empleo, conectado con el sistema de ingreso de la oferta de empleo, que, ajustándose al objetivo del 8%, eviten la excesiva rotación de los candidatos/as y las contrataciones de corta duración, ciñéndolo a las causas previstas en la Ley.

    • Hasta la implantación del nuevo ciclo del empleo, cuya puesta en marcha se prevé, previa negociación del Convenio, en 2026, las partes coinciden en que hay que darle una solución al vaciamiento de las bolsas de empleo actuales en el primer trimestre del año 2025.
    • Asimismo, se implementará un plan de entradas a través de una única convocatoria para todo el periodo de vigencia del presente acuerdo, ordenada en varios procesos, el primero de los cuales finalizará y se ejecutará en el primer semestre de 2026. Este primer proceso servirá para formar las futuras bolsas de empleo y eso permitirá limitar la llamada masiva y, por tanto, excesos de gestión operativa.