Se abre un plazo para que el personal aspirante admitido adjunte los méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo (oposiciones Profesores).
Procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional; convocado por orden de la consejería de desarrollo educativo y formación profesional.
Publicación de la Resolución
Se acuerda la publicación de la resolución en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, con indicación de que la misma constituye un acto de trámite, por lo que no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo para adjuntar méritos
Se establecer un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución, para que el personal aspirante admitido en el procedimiento selectivo convocado por la Orden de 6 de marzo de 2023 adjunte los méritos de la fase de concurso. Fuera de dicho plazo no se admitirá ningún mérito. El plazo será del 17 al 30 de mayo de 2023.
Presentación telemática
Se habilitará, en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, el espacio para la cumplimentación de las solicitudes de baremación de los méritos, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en el mismo se incluyan y de conformidad con lo establecido en el apartado 8.2 de la base octava de la orden de convocatoria.
La documentación se aportará adjuntándola en formato PDF a la solicitud, con indicación del nombre del documento. Una vez cumplimentadas las solicitudes, deberán teletramitarse mediante alguno de los distintos medios de firma electrónica que disponga el formulario.
En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, solo se tendrá en consideración la última, junto con la documentación que a esta se anexe, exclusivamente, quedando invalidadas las anteriores en su totalidad.