Oferta de Empleo Público 2026 del Ayuntamiento de Estepona
Se ha publicado la Resolución del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), en la que se aprueba la oferta de empleo público para el ejercicio 2026.
18 plazas de Personal funcionario, de acceso libre
- Se aprueba la convocatoria de 4 plazas de Administrativo/a, escala Administración general (Grupo C).
- También se ofertarán 14 plazas de Policía local, escala Administración especial básica (Grupo C).
4 plazas de Personal funcionario, acceso libre, cupo discapacidad
- Aprobadas 4 plazas de Administrativo/a, escala Administración general (Grupo C).
5 plazas de Personal funcionario, promoción interna
- Se aprueba la convocatoria de 1 plaza de Subinspector/a, escala Administración especial básica (Grupo A).
- También se ofertarán 4 plazas de Oficial de Policía local, escala Administración especial básica (Grupo C).
1 plaza de Personal laboral, de acceso libre
- Finalmente, se ha aprobado una plaza de Licenciado/a en Ciencias Ambientales (Categoría laboral A1).
Recursos
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; y en relación con el acto/acuerdo notificado, que agota la vía administrativa, se podrá interponer los siguientes recursos:
- Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación de conformidad con el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, si lo interpusiera, podrá interponer el recurso contencioso-administrativo referido en el párrafo siguiente. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes (artículo 124.3 Ley 39/2015), si en dicho plazo no recibe la notificación, se entenderá que el silencio es de carácter desestimatorio (artículo 24.1 Ley 39/2015). Si optara por formular recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto (artículo 123.2 Ley 39/2015).
- Contencioso-administrativo: Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga que por turno corresponda en los términos previstos en artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o, a elección del demandante, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga aquel su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, elección limitada en todo caso a la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del acto/acuerdo, de conformidad con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
