BOE. El Gobierno aprueba la eliminación del Subsidio extraordinario por desempleo.
El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo; en su Disposición derogatoria única. Derogación normativa establece:
- Punto 2. Queda derogada la disposición adicional vigésima séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Esta Disposición adicional vigésima séptima es la referente al Subsidio extraordinario por desempleo.
¿Qué es Subsidio extraordinario por desempleo?
Este subsidio es al que acceden las personas desempleadas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber extinguido por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previstos, a partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el 01/03/2018 y el 04/07/2018.
- Ser personas paradas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018.
La duración máxima de este subsidio es de 6 meses y no puede percibirse en más de una ocasión. En cuanto a su cuantía, alcanza el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente en cada momento (480 euros).
Más Información: Si has agotado tu Subsidio por desempleo, puedes optar al SED
¿Cuándo quedará derogado?
Aunque el Real Decreto-ley has sido aprobado, no entrará en vigor hasta el 1 de noviembre de 2024, fecha en la que el Subsidio extraordinario por desempleo quedará definitivamente derogado.
También se elimina la Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción (RAI) es un Programa, cuyo objetivo es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
Este Programa se dirige a personas en desempleo, sin derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo; y conlleva una ayuda económica que alcanza el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Esta ayuda económica también quedará derogada a partir del 1 de noviembre; si bien, se establecerá un periodo transitorio. Se elimina la Renta Activa de Inserción (RAI) ¿Qué ocurre ahora?
Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo
El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo entró en vigor el 23 de mayo de 2024. Sin embargo, hemos de tener en cuenta que esta disposición legislativa tendrá que ser convalidada por el Congreso de los Diputados dentro de los 30 días siguientes a su promulgación.