Tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2024, así queda el Permiso de lactancia (para hijos de hasta 9 meses de edad).
¿Qué es el permiso de lactancia?
El permiso de lactancia es un derecho retribuido que tienen todas las personas trabajadoras que tengan hijos de hasta 9 meses de edad.
Con la aprobación de Real Decreto-ley 2/2024, se introducen una serie de modificaciones que afectan, principalmente, a la forma de solicitarlo y disfrutarlo.
Cambios en el permiso de lactancia 2024
Hasta ahora, el disfrute de este derecho venía condicionado a lo previsto en convenio colectivo o al acuerdo al que se llegara con la empresa. Con la modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, se eliminan ambas restricciones.
A partir de ahora, el permiso de lactancia se convierte en un derecho de todas las personas trabajadoras. Así, solicitar el permiso va a ser un derecho automático que no dependerá de lo establecido en el convenio ni de la aprobación de la empresa.
¿Cómo queda queda redactado el permiso de lactancia?
El artículo 37.4 queda redactado del modo siguiente:
En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.
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- Podrá ausentarse 1 hora del trabajo o bien dividir esa hora en 2 partes.
- Como alternativa, puede reducir la jornada diaria en media hora o acumular ese tiempo en jornadas completas.
- Hasta que el menor cumpla 9 meses.
¿Pueden ambos progenitores disfrutar de este Derecho?
Sí, ambos progenitores podrán disfrutar del permiso de lactancia. Además, será posible extender su aplicación hasta los 12 meses, aunque con reducción de salario a partir del mes 9.
Sin embargo, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.
¿Cuándo entran en vigor las modificaciones que afectan al permiso de lactancia?
Las modificaciones que afectan al permiso de lactancia entraron en vigor el pasado 23 de mayo de 2024.
Otros permiso de conciliación
Además de este permiso, es importante recordar que existen nuevos permisos para conciliación, incluidos en el RD Ley 5/2023, como son:
- El permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas.
- El permiso de 5 días para cuidar de un familiar.
- El permiso de 4 días por causas de fuerza mayor.