El Plan Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones incluye la línea denominada «Becas con el fin de sufragar los gastos ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso por turno libre en los cuerpos y escalas adscritos al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». La concesión de las becas vendrá determinada, en gran medida, por el nivel de renta de las personas solicitantes, con la finalidad de atraer talento hacia las profesiones mencionadas, eliminando barreras socioeconómicas que afecten a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y limiten el acceso a los cuerpos y escalas mencionados.
- Las bases reguladoras para la concesión de becas se recogen en la Orden ISM/704/2026, de 8 de julio.
- Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y servirán para cubrir los gastos ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre.
Requisitos de las personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las becas las personas que, en el momento que determine la convocatoria, cumplan los siguientes requisitos:
- Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso al Cuerpo o Escala de que se trate.
- Tener residencia habitual en España.
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Acreditar la concurrencia de su situación socioeconómica, así como el cumplimiento de los requisitos que establezca la convocatoria.
- No estar disfrutando de otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, ya provengan de entes públicos o privados.
- Estudiar la oposición bajo la dirección de un centro especializado, o de uno o varios preparadores o preparadoras.
Criterios para conceder las becas
Para la concesión de estas becas destinadas a preparar oposiciones, se han establecido los siguientes criterios objetivos de valoración:
- Menor renta familiar de acuerdo con el concepto y fórmula que se determinen en la convocatoria (hasta un máximo de 60 puntos).
- Superación de ejercicios en la última convocatoria de los procesos selectivos de referencia (hasta un máximo de 30 puntos).
- Situación acreditada de violencia de género (hasta un máximo de 5 puntos).
- Situación acreditada de víctima de terrorismo (hasta un máximo de 5 puntos).
En caso de empate se resolverá a favor de aquella solicitud que tenga menor renta familiar per cápita. Si se mantiene el empate, se resolverá a favor de la persona que tenga una mayor puntuación acumulada en los ejercicios superados en la convocatoria inmediatamente anterior. Si persiste el empate, se atenderá al orden alfabético en sorteo.
La beca inicial podrá ser renovada hasta en dos ocasiones.
Presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes se realizará por vía electrónica, siguiendo las instrucciones que serán publicadas en la sede electrónica asociada del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El plazo de presentación de solicitudes será de un máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo ésta establecer un plazo menor.
Más información sobre las becas para preparar oposiciones
- Orden ISM/704/2026, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas con el fin de sufragar los gastos ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso por turno libre en los Cuerpos y escalas adscritos al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
