El Ministerio de Igualdad convoca las Becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.
Las becas son convocadas por La Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, para el período 2024-2025.
¿Quiénes pueden optar a las becas?
Podrán ser beneficiarias, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del título universitario de Grado correspondiente exigido para cada una de las becas (ver Anexo I de las bases).
- Haber finalizado dichos estudios en el año 2021 o posterior.
- Poseer la nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea.
- Encontrarse en situación de desempleo en el momento de incorporación.
- No incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en particular, deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, no podrán haber disfrutado con anterioridad de otras becas de formación en el ámbito de la Secretaría de Estado de Igualdad.
Características de las becas
La duración de cada una de las becas de formación abarcará desde la fecha de incorporación establecida en la resolución de concesión (que no será antes del 16 de agosto de 2024) hasta el 15 de agosto de 2025. Las becas podrán prorrogarse por un periodo máximo de 12 meses. Dicha prórroga estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente y, en el caso de que la beca sea prorrogada, su cuantía no será objeto de ninguna actualización.
Importe. La cuantía total máxima para seis becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer para el período 2024-2025 será de 100.000 €. A cada una de las becas le corresponderá una asignación de 1.250 euros brutos mensuales y una única asignación de 600 euros brutos anuales para gastos asociados a la beca.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se podrán entregar de manera presencial en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán presentarse por medios telemáticos, cumplimentando el formulario disponible a través de la sede electrónica del Ministerio de Igualdad, en el siguiente enlace.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes quince días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del extracto en el BOE; del 18 de abril al 10 de mayo de 2024.
Más información sobre las Becas (Ministerio de Igualdad)
Bases reguladoras. Orden SSI/2419/2013, de 16 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre de 2013.
Bases de la convocatoria. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha publicado el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) con BDNS(Identif.):754799