Formación oficial para los Auxiliares veterinarios
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes da luz verde a una formación oficial para los Auxiliares Veterinarios, al aprobar el Certificado profesional en Asistencia clínica en centros veterinarios. Desde hace años, desde el colectivo se reclamaba un análisis de la situación laboral en el sector de la veterinaria y su relación con el Catálogo Nacional de Cualificaciones. El objetivo siempre ha sido mejorar la cualificación profesional y laboral de la Asistencia a la Atención Clínica en Centros Veterinarios (ATV), una profesión esencial en la laboral diaria de la clínica veterinaria.
Hasta ahora, la formación de los Auxiliares veterinarios se obtenía mediante la realización de cursos en centros de formación privados; cursos que podrían variar en duración y en contenido, haciendo muy difícil la estandarización de este profesional.
El nuevo Certificado Profesional
La competencia general de este certificado profesional consiste en atender a la clientela en centros veterinarios y realizar funciones de apoyo técnico y auxiliar en la atención clínica de los animales en la consulta, quirófano, hospitalización, procedimientos de imagen para el diagnóstico y laboratorio de análisis, de acuerdo con los protocolos del centro y bajo la indicación o supervisión del personal veterinario facultativo cuando proceda, cumpliendo con la normativa vigente aplicable en materia técnico-sanitaria, prevención de riesgos laborales, bienestar animal, bioseguridad, gestión de residuos y protección de datos.
El Certificado profesional en Asistencia clínica en centros veterinarios queda identificado para todo el territorio nacional por los siguientes elementos:
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- Denominación: Asistencia clínica en centros veterinarios.
- Código: AGA_C_010_5B.
- Nivel: 3.
- Duración: 690 horas.
- Familia Profesional: Agraria.
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Titulación de acceso
Para acceder a un certificado profesional (Grado C) de nivel 3, se requiere el título de Técnico o Técnico Superior, de Bachiller o equivalente, un certificado profesional nivel 3, un certificado de competencia incluido en la oferta a realizar, o un certificado profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.
Exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado. Podrán quedar exentos de dicho periodo de formación, quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con la formación cursada. Será la administración competente, a instancia del centro de formación, quien decida la exención.
Futuro profesional ¿Dónde podrán ejercer los Ayudantes de veterinaria?
Las personas que hayan obtenido el certificado profesional que acredita la superación de este Grado C pueden ejercer su actividad:
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- En todos los sectores económicos que desarrollen actividades de recepción y hospitalización, laboratorio de análisis clínicos, consulta, quirófano y sala de rayos X en centros y servicios veterinarios (consultorios, clínicas y hospitales veterinarios centros de protección animal, centros de cría, centros de recuperación de especies en riesgo), en entidades de naturaleza pública o privada, en grandes, medianas y pequeñas empresas, por cuenta ajena.
- Desarrollan su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior.
- Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporada o de forma estable.
- Se ubica en el sector de actividades veterinarias en clínicas de animales.
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Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
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- Ayudantes de veterinaria en centros de recuperación de animales.
- Ayudantes de veterinaria en clínicas veterinarias.
- Ayudantes de veterinaria en hospitales veterinarios.
- Ayudantes de veterinaria en facultades y centros de investigación animal u otras entidades con instalaciones veterinarias en funciones compatibles con este perfil.
- Ayudantes de veterinaria en centros de protección animal privados o públicos.
- Ayudantes de veterinaria de centros de cría y reproducción de animales.
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Más información
La formación para los Auxiliares veterinarios viene recogida en el Real Decreto 489/2026, de 17 de junio, por el que se establece el Certificado profesional en Asistencia clínica en centros veterinarios, de la familia profesional Agraria, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional y se modifica el Real Decreto 404/2025, de 27 de mayo, por el que se establece el Certificado profesional en Operaciones con maquinaria de transporte de tierras en construcción, de la familia profesional Edificación y Obra Civil, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional. BOE-A-2026-13295
