Avales para la compra de la vivienda. La Junta de Andalucía va a ampliar en 25 millones de euros los recursos destinados al Programa Garantía Vivienda Andalucía. Con esta nueva ampliación, el programa contará con una dotación acumulada de 80 millones de euros desde su puesta en marcha en 2024.
Programa Garantía Vivienda Andalucía
Es un programa de la Junta de Andalucía que ayuda a personas de hasta 40 años, incluidos, a comprar su primera vivienda habitual. La ayuda consiste en que la Junta proporciona una garantía a través de determinadas entidades financieras colaboradoras, que cubre el importe que está por encima del 80% del precio de la vivienda, hasta llegar como máximo al 100% del precio de referencia. La garantía solo cubre el capital principal del préstamo, no cubre los intereses, las comisiones ni ningún otro tipo de gasto, ya sea judicial o extrajudicial.
Requisitos que debe cumplir la persona que solicita la garantía
La persona solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 40 años. Debe ser una persona física mayor de edad y tener hasta 40 años incluidos en el momento de solicitar la garantía.
- No tener otra vivienda. La persona no puede ser propietaria de otra vivienda en ningún lugar de España. Tampoco puede tener sobre otra vivienda un derecho real de uso o disfrute. Esto significa que no puede tener un derecho legal que le permita usar o disfrutar de otra vivienda. Existen algunas excepciones reguladas en la normativa.
- Estar empadronada en Andalucía. La persona debe estar empadronada en un municipio de Andalucía (que conste oficialmente como residente en ese municipio en el padrón municipal).
- Haber firmado un contrato de arras o un preacuerdo. Debe haber firmado un contrato de arras o un preacuerdo que demuestre que existe un compromiso para comprar la vivienda.
- Tener autorizado el préstamo hipotecario. La entidad financiera colaboradora debe haber autorizado el préstamo hipotecario para comprar la vivienda.
Requisitos que debe cumplir la vivienda
La vivienda también tiene que cumplir determinadas condiciones.
- Estar en Andalucía. La vivienda debe encontrarse en un municipio de Andalucía. Puede ser una vivienda nueva o usada.
- Ser la primera vivienda que compran las personas solicitantes. La vivienda debe ser la primera vivienda adquirida por las personas que solicitan la garantía.
- Ser la vivienda habitual. La vivienda debe ser el domicilio habitual de las personas beneficiarias durante al menos dos años desde la fecha de adquisición. Existe una excepción si se acredita un traslado de domicilio por motivos laborales u otra causa justificada.
- Tener un precio dentro del límite establecido. El precio de la vivienda y de sus anejos, si los tiene, debe ser como máximo de 295.240 euros con carácter general. Los anejos son elementos vinculados a la vivienda, como pueden ser determinados espacios o dependencias que forman parte de la operación de compra. El límite puede aumentar hasta 354.288 euros cuando la vivienda tenga una eficiencia energética de grado A o B. Si el valor de tasación de la vivienda es inferior a su precio de venta, se tendrá en cuenta el valor de tasación. La tasación es la valoración económica que se hace de la vivienda.
- Si es una vivienda protegida. Si la vivienda es una vivienda protegida, también deben cumplirse los requisitos establecidos legalmente para poder acceder a este tipo de vivienda. Además, debe obtenerse la autorización correspondiente de la delegación territorial competente en materia de vivienda.
Solicitudes de avales para la compra de la primera vivienda
La persona interesada no presenta directamente la solicitud ante la Junta de Andalucía.
El procedimiento funciona de esta manera:
- La persona interesada debe acudir a una de las entidades financieras colaboradoras.
- Allí debe entregar la documentación necesaria.
- La entidad financiera comprueba la documentación y comprueba también si la persona cumple los requisitos y condiciones necesarios.
- Si la entidad comprueba que se cumplen los requisitos, será la propia entidad financiera la que presente la solicitud ante la Secretaría General de Vivienda.
- La persona interesada habrá autorizado previamente a la entidad financiera para:
- presentar la solicitud en su nombre y representación;
- representarla durante el procedimiento a efectos de recibir las notificaciones de los actos que se produzcan, tanto durante el procedimiento como al finalizarlo;
- completar la solicitud.
Son entidades financieras colaboradoras las siguientes: Caja Rural de Granada, Kutxabank, Caixabank, Unicaja Banco, Ibercaja Banco, Caja R del Sur y Cajamar Caja Rural.



