BOJA. Los autónomos ya pueden solicitar ayudas de hasta 7.200 euros para conciliar su vida laboral y familiar.
La Junta de Andalucía ha convocado dos líneas de subvenciones destinadas exclusivamente a personas trabajadoras autónomas para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, dotadas con 600.000 euros.
- Línea 4, para que los autónomos con hijos menores de 3 años contraten a una o más personas, para realizar su actividad económica o profesional.
- Línea 5, para que una trabajadora autónoma contrate a una persona, para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo. También para que cualquier autónomo contrate para cubrir los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
Las contrataciones siempre tienen que ser con personas desempleadas no ocupadas e inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo.
- Recuerda que también hay disponible otra ayuda: 1.000 euros para que los Autónomos adquieran un ordenador.
Subvenciones Línea 4: cuidado de menores de 3 años
Finalidad. Destinada para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional.
¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda? Podrán solicitarla las personas trabajadoras autónomas, que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente de la persona menor de tres años.
Cuantía económica de la ayuda. Por cada nueva contratación, con una jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses, se dará una ayuda de 6.000 euros. Si la persona contratada es mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo, la cuantía de la subvención será de 7.200 euros.
Subvenciones línea 5: sustitución
Finalidad. Destinada para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda? Las mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo y/o las personas trabajadoras autónomas, en general, para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
Cuantía económica de la ayuda. Para el contrato de interinidad a jornada completa en los supuestos de riesgo durante el embarazo, 3.200 euros, por un período máximo de ocho meses. Para el contrato de interinidad a jornada completa en el periodo de descanso por motivos de nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, 1.700 euros por un período de dieciséis semanas, y 1.900 euros por un período de dieciocho semanas. Las cuantías anteriores se incrementarán un 50% cuando las contrataciones se formalicen con mujeres, hombres menores de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
¿Cómo solicitar estas ayudas?
Las subvenciones ya pueden solicitarse de forma telemática rellenado los formularios disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería.
Plazo de solicitud
El plazo estará abierto hasta el próximo 15 de septiembre, salvo que, tal como establece la convocatoria, se agote el crédito establecido, fijado en 600.000 euros para ambas líneas de subvenciones, en cuyo caso se comunicaría a través de una resolución.
Más información sobre las ayudas de 7.200 euros para que los Autónomos puedan conciliar su vida laboral y familiar
Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía. Bases de la convocatoria