Resolución de la Universidad de Sevilla, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2024, con 338 plazas.
El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse serán objeto de la Oferta de Empleo Público (OEP).
El artículo 20.dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2023, establece una tasa de reposición del 120 por cien para las plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y para las plazas de los Profesores Contratados Doctores, siempre que, por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan, se autoricen las correspondientes convocatorias.
Se publica la OEP
Se ordena publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2024.
Recursos humanos de carácter permanente
Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes. La oferta de empleo incluye las plazas del Cuerpo de Catedráticos
de Universidad a convocar por promoción interna.
Las convocatorias se publicarán en el BOE y en el BOJA
Las convocatorias derivadas de esta oferta se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para garantizar su publicidad y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
Plazas de Personal Docente e Investigador
Cuerpo Docente o Categoría | Núm. de plazas (2) |
---|---|
Catedrático de Universidad (Promoción Interna) | 129 |
Profesor Titular de Universidad | 113 |
Profesor Titular de Universidad (1) | 16 |
Profesor Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor) | 65 |
Profesor Permanente Laboral (1) (modalidad Profesor Contratado Doctor) | 15 |
(1) Destinado a la contratación de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3 en virtud del artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.
(2) Se efectúa la reserva legalmente establecida para cubrir por personas con discapacidad, según lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. Del total de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público se reserva un mínimo del 10% para personas con discapacidad, esto es, 34 plazas. Estas plazas se distribuyen de la siguiente manera: un 7% de las plazas para personas con discapacidad de carácter general, es decir, 24 plazas (de este 7% se reservará una plaza en el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, una plaza en el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad con certificación I3, una plaza en la categoría de Profesorado Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor), una plaza en la categoría de Profesorado Permanente Laboral (Modalidad Profesor Contratado Doctor) con certificación I3 y 20 plazas en el cuerpo de Catedráticos de Universidad); un 2% reservado para personas con discapacidad intelectual, esto es, 7 plazas en el cuerpo de Catedráticos de Universidad; y un 1% reservado para personas con discapacidad mental, esto es, 3 plazas en el cuerpo de Catedráticos de Universidad.