Desde mañana se puede solicitar la Ayuda de 200 euros (2023): requisitos, plazo de solicitud y cómo solicitarla

Ayuda de 200 euros (2023) para salariados, autónomos o desempleados, con un bajo nivel de ingresos y patrimonio.

A partir de mañana, día 15 de febrero, se podrá solicitar esta ayuda, que tiene como finalidad paliar la subida de los preciosPara poder recibirla, se establecen así mismo unos máximos de ingresos y patrimonios conjuntos en función de la convivencia en el domicilio, con el objetivo de que el colectivo de beneficiarios de la ayuda responda a los principios de necesidad y progresividad.

¿Qué es la ayuda o cheque de 200€?

Es una ayuda consistente en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.

¿Quién la puede solicitar?

Podrá pedirla cualquier persona que, en el 2022:

  • Tengan residencia habitual en España.
  • Hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
  • No superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).

 

Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.

No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:

  • Perciban el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia).
  • Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).

¿Cuál es el plazo para solicitar esta ayuda?

El plazo de solicitud comienza el 15 de febrero y finaliza el 31 de marzo de 2023.

¿Cómo solicitar la ayuda de 200 euros (2023)?

La solicitud se debe hacer a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

  • Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social. Formulario de tramitación electrónica
  • Se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.

¿Hay que presentar algún tipo de documentación?

No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra esta ayuda de 200€?

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria, en la que el solicitante sea titular.

  • El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. Por tanto, siendo el último día de plazo para solicitar la ayuda el 31 de marzo de 2023, el plazo para que sea ingresada será el 30 de junio de 2023.
  • Si pasados esos tres meses, no se le ha efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse denegada.
  • Si el solicitante está en desacuerdo con la resolución, dispondrá de un mes para presentar una reclamación.