Nueva numeración con el prefijo 400 para facilitar la identificación de las llamadas comerciales
Las resoluciones dan cumplimiento a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC) y tienen como objetivo reforzar la protección de los usuarios frente a las llamadas y SMS comerciales fraudulentos o no deseados, reduciendo riesgos y molestias. El nuevo rango para las llamadas comerciales comenzará con el prefijo 400, lo que permitirá a los usuarios identificarlas claramente y decidir si desean atenderlas. Esta numeración será bidireccional, de manera que los clientes podrán recibir y realizar llamadas, y el coste no podrá superar el de una llamada normal.
La nueva Ley SAC también establece la obligación de renovar cada dos años los consentimientos otorgados por el usuario para que pueda recibir llamadas comerciales. Asimismo, considerará nulos los contratos efectuados en llamadas comerciales realizadas sin consentimiento previo.
¿Qué es el prefijo 400 y cuándo entra en vigor la nueva normativa?
El prefijo 400 es un nuevo rango numérico exclusivo para la realización de llamadas comerciales en España. Tal y como se especifica en la resolución de 14 de abril de 2026, publicada en el BOE el 16 de abril de 2026 por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, con esta medida se busca identificar de forma clara las comunicaciones de carácter comercial, para que el usuario pueda reconocerlas desde el primer momento.
La normativa establece un periodo de transición de seis meses desde su entrada en vigor. Por tanto, las empresas deberán atener adaptados sus sistemas para poder utilizar el prefijo 400 en sus campañas de telemarketing, a partir del 17 de octubre de 2026 y evitar interrupciones en sus comunicaciones comerciales.
Plan para combatir las estafas telefónicas o por SMS
Por su parte, las llamadas de atención al cliente (aquellas que realizan las empresas para contactar clientes o gestionar contratos en curso), sólo podrán efectuarse desde los números cortos específicamente atribuidos para ello (por ejemplo, el 1004 de Telefónica), los rangos gratuitos (800 y 900) o los números geográficos.
La Orden Ministerial contra las estafas de suplantación de identidad mediante llamadas telefónicas o envío de SMS, que entró en vigor en marzo del año pasado, ya atribuyó los rangos 800 y 900 para estas llamadas, y también prohibió utilizar numeración móvil. Ahora, mediante esta resolución, se concretan de manera expresa los rangos de numeración que pueden utilizar las llamadas de atención al cliente.
Desde la puesta en marcha del Plan Antiestafas telefónicas y por SMS, en marzo de 2025, los operadores de telecomunicaciones han bloqueado 169,5 millones llamadas y 10,4 millones de SMS con intenciones fraudulentas.

