Residencias escolares y escuelas-hogar
Desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de Andalucía se convocan plazas de residencias escolares y escuelas-hogar para el curso escolar 2026/2027. Las residencias escolares ofrecen un servicio educativo que ha pasado de desempeñar exclusivamente una función compensadora e integradora a realizar funciones que favorecen la igualdad de oportunidades y la equidad en la educación. Las residencias, al igual que las escuelas hogar, posibilitan la atención del alumnado que tiene dificultades para acceder a los distintos niveles educativos, por carecer de esa oferta en su lugar de origen. Actualmente, se dispone una red de 36 residencias escolares que son complementadas con 23 escuelas hogar.
Subvenciones
El objeto de la subvención es la acogida en régimen de familia sustitutoria de aquellos alumnos y alumnas de educación primaria, educación secundaria obligatoria, ciclos formativos de grado básico y programas específicos de formación profesional básica cuyas situaciones personales o familiares así lo aconsejen, facilitando su escolarización y la realización de determinadas actuaciones de compensación educativa.
La cuantía mensual del precio público de las residencias escolares para el curso escolar 2026/2027 será la que se establece en el Acuerdo de 27 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.
Plazas en 36 residencias escolares que son complementadas con 23 escuelas hogar.
Las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas posobligatorias podrán solicitar plaza en las residencias escolares incluidas en el Anexo I; y las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas obligatorias podrán solicitar plaza en las residencias escolares incluidas en el Anexo I o en las escuelas-hogar que figuran en el Anexo II de la Orden. El umbral de patrimonio a que se refiere el artículo 3.1 de la Orden de 28 de marzo de 2012 se fija en 60.000 euros. Anexo I. Relación de Residencias Escolares | Anexo II. Relación de Escuelas Hogar
Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 1 y 31 de marzo de 2026, ambos inclusive, y el modelo al que se ajustarán las solicitudes puede obtenerse en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de Andalucía.
