¿En qué consiste el Permiso para el cuidado de hijos?

Con la vuelta al colegio, muchos padres pueden necesitar el Permiso para el cuidado de sus hijos. Veamos en qué consiste.

Tras las vacaciones, los padres se preparan para la vuelta al colegio de sus hijos. Como novedad, este curso escolar 2023-2024 incluye un Real Decreto aprobado el pasado junio, que entrará en vigor este septiembre. La nueva legislación beneficia a los padres, ya que podrán obtener un permiso laboral de hasta 8 semanas para atenderlos. Se trata de una iniciativa impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que pretende mejorar la conciliación familiar y laboral en nuestro país.

Calendario escolar en Andalucía, para el curso 2023/2024: fechas de inicio, festivos y vacaciones.

¿En qué consiste el Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor?

La nueva normativa establece que: las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.

Por tanto, podrá disfrutar de este derecho tanto la madre como el padre, siempre que el menor en cuestión aún no haya cumplido los 8 años de edad.

Características del Permiso

En cuanto a sus características, hay que tener muy en cuenta algunas de ellas:

    • Este permiso no es retribuido. En el tiempo que se disfrute, no se cobrará. 
    • Su duración no puede ser superior a 8 semanas, continuas o discontinuas.
    • Podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente.

¿Cómo se solicita?

Este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.

Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute.

Para ello, debe comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días (o los días que vengan establecidos en el convenio colectivo), salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa.

Otros permisos laborales

Como decimos, esta es una de las novedades en cuanto a permisos laborales se refiere, pero se aprobaron y modificaron algunos otros permisos, a los que tienen derecho los trabajadores.

Si quieres conocer, tras la diversas modificaciones y añadidos, como quedan los descansos, fiestas y permisos, te dejamos este enlace