La Secretaría de Estado de Función Pública publica la Resolución por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2024.
Cómputo de días hábiles/inhábiles
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración General del Estado fijará, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos:
- La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. El calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito territorial, a las que será de aplicación.
Días hábiles / días inhábiles
Son días inhábiles los siguientes:
- En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
- En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
- En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
- Los días inhábiles lo son a efectos del cómputo de plazos, en el ámbito de las Administraciones públicas.
- El resto de días, se consideran hábiles.
Publicación del calendario (2024)
El calendario deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado. Por ello, la Secretaría de Estado de Función Pública, ha resuelto aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2024, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de plazos.
Días inhábiles 2024, a nivel nacional
- Enero: todos los sábados y domingos del mes; y el día 1.
- Febrero: todos los sábados y domingos del mes; y el día 29.
- Marzo: todos los sábados y domingos del mes.
- Abril: todos los sábados y domingos del mes.
- Mayo: todos los sábados y domingos del mes; y el día 1.
- Junio: todos los sábados y domingos del mes.
- Julio: todos los sábados y domingos del mes.
- Agosto: todos los sábados y domingos del mes; y el día 15.
- Septiembre: todos los sábados y domingos del mes.
- Octubre: todos los sábados y domingos del mes.
- Noviembre: todos los sábados y domingos del mes; y el día 1.
- Diciembre: todos los sábados y domingos del mes; y los días 6 y 25.
Días inhábiles 2024, en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Además de los anteriores, en Andalucía serán inhábiles los siguientes días:
- 28 de febrero.
- 28 de marzo.
- 9 de diciembre.