Si eres trabajador por cuenta ajena o personal de la Administración de la Junta de Andalucía y trabajas el día de las elecciones, es importante cuáles son tus derechos para poder ejercer, valga la redundancia, tu derecho al voto o si has sido nombrado para una mesa electoral.
El Consejo de Gobierno, de la Junta de Andalucía, ha aprobado el decreto para facilitar la participación de los trabajadores en las próximas elecciones al Parlamento de Andalucía. Esta normativa se aprueba para aquellos trabajadores que no disponen de día de descanso completo el 19 de junio y que son tanto electores como miembros de mesas electorales, interventores o apoderados.
Si tu jornada laboral coincide con la de los colegios electorales
En el caso de que la jornada laboral coincida con el horario de apertura de los colegios electorales, el decreto establece el derecho a permiso retribuido de:
- cuatro horas si la coincidencia es superior a seis horas;
- tres horas si la coincidencia es de cuatro a seis horas, y de
- dos horas si es de dos a cuatro horas.
- Este derecho no se fija para los casos en que las jornadas laboral y electoral coincidan en menos de dos horas.
Permisos para ejercer el voto por correo
En el caso de que trabajes lejos de tu domicilio o residencia habitual y quieras votar por correo, tendrás derecho a los citados permisos para formular personalmente la solicitud, como para el posterior envío del voto por correo. En este caso, la coincidencia de jornada se refiere al horario de apertura de las oficinas de Correos.
Miembros de mesas electorales
- Presidente, vocal o interventor de mesa electoral. El trabajador que acredite su condición en algunos de esos cargos tendrá derecho a un permiso retribuido de jornada completa si no dispone de día de descanso el 19 de junio, así como a una reducción de cinco horas en la jornada del 20 de junio si justifica su actuación. En el supuesto de que tenga que trabajar en turno de noche en el día inmediatamente anterior al de la votación, la empresa o la Administración estarán obligadas a cambiar el turno.
- Apoderados. Los apoderados de candidatura electoral tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa si no disponen de día de descanso el 19 de junio.
- Personas candidatas. Aquellas personas al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias que se presenten como candidatas podrán solicitar ser dispensadas de la prestación de la actividad laboral en sus unidades administrativas durante el tiempo de duración de la campaña electoral.
Dietas de las personas integrantes de Mesas electorales
Si en esta ocasión has sido seleccionado para formar parte de tu Mesa electoral (presidencia o vocalía), recuerda que tendrás derecho a percibir la cantidad de 65 euros en concepto de dieta.