El pasado 29 de septiembre entró en vigor la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. La norma incluye una serie de prohibiciones, así como, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de que propietarios de perros realicen un curso formativo.
Curso obligatorio para los propietarios de perros
El capítulo II de la Ley establece las condiciones de tenencia de los animales de compañía, tanto en domicilios particulares como en espacios abiertos, de forma que se garantice la protección y los derechos de los animales, así como las condiciones de acceso a medios de transporte y establecimientos abiertos al público.
Respecto a las personas propietarias de perros, se establece la obligatoriedad de haber realizado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos en el manejo, cuidado y tenencia de animales.
Tenencia de perros
La Ley deja claro, respecto a la tenencia de perros, que:
- Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida.
- Dicho curso de formación será gratuito y su contenido se determinará reglamentariamente.
- En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.
- La persona criadora registrada, establecimiento de venta o entidad de protección animal, verificará también, en su caso, que el futuro titular ha realizado el curso de formación para la tenencia de animales de compañía.
¿Cuándo y dónde realizar el curso?
Las personas propietarias que ya tengan perro podrán realizar el curso en los dos años siguientes a la entrada en vigor de la ley; o sea, tienen de plazo hasta el 29 de septiembre de 2025. Aquellas otras personas que quieran adoptar un perro deberán realizarlo antes de la adquisición del animal.
En ambos casos, quienes no realicen los cursos en los respectivos plazos, podrán ser multados con hasta 10.000 euros.
En cuanto a la realización del curso, se podrá hacer tanto de manera presencial como online. Ahora bien, desde el organismo público se informa que el contenido y desarrollo de este curso está todavía por determinar, por lo que aún no se puede realizar. Concretamente, y según nota informativa del Ministerio de Asuntos Sociales, en relación a la realización del curso de tenencia responsable, la obligatoriedad será aplicable una vez entre en vigor el desarrollo reglamentario.