Ayudas al alquiler: Bono Alquiler Joven en Andalucía (2022)

Se efectúa convocatoria de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.

¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar la subvención?

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas:

  • Personas jóvenes menores o igual a 35 años.
  • Titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación habituales, o que estén en disposición de serlo, siempre que lo acrediten con la aportación de un compromiso de contrato.
  • Con ingresos menores a tres veces el IPREM y de 4,5 veces el IPREM si se trata de unidad familiar.

Además, se ha subido hasta los 900 euros el límite del alquiler para solicitar estas ayudas y a 380 euros al mes, el tope de alquiler de habitación.

Cuantía de las ayudas

Se destinarán 68,4 millones de euros para el pago del alquiler de jóvenes menores, que asciende a 250 euros mensuales durante dos años. Las ayudas podrán alcanzar, por tanto, un total de 6.000 euros en ese periodo.

¿Cómo presentar la solicitud?

La solicitud se presentará en el Registro Electrónico Único, accediendo a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en el «Catálogo de Procedimientos y Servicios».

Para agilizar la tramitación es importante tener la firma electrónica, el alta de la cuenta bancaria en la Junta de Andalucía y documentos como el contrato de alquiler o copias de las transferencias bancarias de los pagos ya realizados.

¿Qué documentación hay que aportar?

Los documentos que deban adjuntarse a la solicitud se incluirán en formato pdf, en archivos diferenciados según el documento de que se trate.

La documentación a aportar con la solicitud es la siguiente:

  1. Contrato de arrendamiento de vivienda, o contrato de cesión o de habitación.
  2. En caso de comparecer mediante representante, documento que acredite la representación.
  3. En los casos de arrendamiento parcial de la vivienda, si no constara en el contrato de arrendamiento la cuota de participación, se aportará declaración responsable suscrita por todos los arrendatarios de la vivienda.
  4. En caso de miembros de la familia del solicitante o de unidad de convivencia que residan en la misma vivienda, certificado de empadronamiento colectivo a fecha de inicio del periodo subvencionable.
  5. Cuando la persona titular del contrato no coincida con la solicitante de la ayuda deberá aportar documentación acreditativa de la atribución del derecho de uso, por subrogación, convenio o sentencia de separación o divorcio, u otros títulos válidos en derecho.
  6. Cualquier otra documentación específica necesaria para justificar el cumplimiento de requisitos.
  7. En los casos de familias o unidades de convivencia, consentimiento expreso o en su caso oposición de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia a la consulta de datos por el órgano gestor.
  8. Además, junto con la solicitud de la ayuda, se incluirá, en su caso, Anexo III de las bases, acompañado de la documentación acreditativa del pago mensual realizado en los meses del periodo subvencionable ya vencidos.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 14 de noviembre de 2022, a las 9:00 horas, y concluirá el 14 de febrero de 2023 a las 15:00 horas. Atención: No obstante se cerrará provisionalmente dicho plazo en el día en que el número de solicitudes presentadas hasta las 15:00 horas sobrepasen el número de 14.000, siempre que este número se alcance antes del plazo mencionado.

Pago de la ayuda al alquiler

El pago será con efecto retroactivo con fecha 1 de enero de 2022. Al respecto, junto a la solicitud de la ayuda, se incluirá documentos que acrediten el pago mensual realizado en los meses del periodo subvencionable. Los pagos se realizarán de recibos pagados y justificados y de cuatro meses por adelantado. Transcurridos los cuatro meses, en la primera quincena del mes se presentarán los justificantes de pago y la solicitud de adelanto de los cuatro meses siguientes.

Más información

Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se convocan ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.