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Ayudas al alquiler 2025: se abre el plazo de solicitud del Bono Alquiler Joven (Andalucía)

AO 14/01/2025
Bono alquiler joven

La Junta de Andalucía abre el plazo para solicitar las ayudas de la nueva convocatoria del Bono Alquiler Joven.

La Consejería de Fomento dispone de 34,2 millones de euros para facilitar el pago del alquiler a personas entre 18 y 35 años, que se estima que beneficiarán a unas 5.700 personas. 

Tras la tramitación impuesta desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, que dificultó la concesión de las ayudas a las comunidades autónomas durante la primera convocatoria, la Consejería de Fomento ha trasladado al Gobierno de España la necesidad de cambiar el modelo de gestión de cara a esta segunda convocatoria. A pesar de que la propia ministra de Vivienda y Agenda Urbana afirmó que se estaba planteando cambiar la regulación del Bono Alquiler Joven ante las incidencias detectadas, las modificaciones no se han llevado a efecto.

Orden de 2 de enero de 2025, por la que se convocan ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía

Convocatoria.–

Se efectúa convocatoria para la concesión en régimen de concurrencia no competitiva de subvenciones de ayuda al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.

Finalidad de esta convocatoria.–

La convocatoria tiene por objeto la concesión de las ayudas Bono Alquiler Joven en Andalucía. El crédito presupuestario para atender a la financiación de las ayudas que se convocan asciende a 34.200.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 1700180000 G/43A/48308/00 S0719 «Bono Alquiler Joven».

    • Para facilitar el pago del alquiler de jóvenes de entre 18 y 35 años, por importes de 250 euros mensuales.

Personas beneficiarias.–

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas jóvenes, titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación habituales, o que estén en disposición de serlo, siempre que lo acrediten con la aportación de un compromiso de contrato, y que cumplan los requisitos establecidos en la base reguladora tercera.

    • Jóvenes mayores de edad hasta los 35 años, que viven en alquiler y tienen ingresos menores a tres veces el IPREM, si es una persona, y de cuatro veces el IPREM, si se trata de una unidad familiar.
    • La vivienda o habitación alquilada debe ser la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable, y circunstancia a acreditar mediante el alta en el padrón municipal.
    • Las rentas de los contratos tendrán un límite máximo de entre 900 y 600 euros en función del municipio. Asimismo, la renta máxima por habitación para la concesión de estas subvenciones oscilará entre los 380 y 300 euros.

Presentación de Solicitudes.–

La solicitud se presentará en la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA), a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en el «Catálogo de Procedimientos y Servicios», accediendo al trámite de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, a través del siguiente enlace.

Cualquier documento necesario para la gestión, subsanación, alegación o justificación de la subvención, se presentará por los mismos medios electrónicos. Cada documento que deba adjuntarse a la solicitud se incluirá en formato pdf y en un archivo diferenciado.

Plazo de presentación de solicitudes.–

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 14 de enero de 2025, a las 16:00 horas, y concluirá el 30 de junio de 2026. No obstante, dicho plazo se cerrará provisionalmente en el momento que se alcance el número de 8.500 solicitudes presentadas.

Si cuando se proceda al cierre efectivo del plazo de presentación, el número de solicitudes presentadas fuera superior al indicado, estas solicitudes tendrán la consideración de presentadas en plazo.

El plazo de presentación de solicitudes podrá reabrirse de nuevo si, como consecuencia de la tramitación de todas las solicitudes presentadas, quedara crédito libre disponible. También podrá reabrirse en el caso de que se incremente el importe de la convocatoria por aumentos sobrevenidos en el presupuesto. 

Más información.–

Orden de 2 de enero de 2025, por la que se convocan ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía. Bases de la convocatoria

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