La Agencia de Emergencias de Andalucía aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2026
La Agencia de Emergencias de Andalucía (EMA) ha aprobado la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2026, por la tasa de reposición derivada de las 348 bajas producidas en el año 2025 así como en enero y febrero de 2026. El número de vacantes podría verse alterado en función del tiempo de contratación y de las categorías a contratar, una vez resueltos los procesos selectivos de determinados puestos mediante los procedimientos de concurso interno y libre designación. Segundo. Las vacantes que se incluirán en las correspondientes convocatorias, deberán estar dotadas presupuestariamente e incluidas en la plantilla presupuestaria de la Agencia, establecida en el anexo de personal de la correspondiente ley autonómica de presupuestos.
¿Cuál será el sistema de selección?
Como establece el artículo 61.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 24 del Convenio Colectivo de la Agencia, el sistema selectivo para el personal laboral será el de concurso-oposición, o concurso de valoración de méritos, según se especifique en la convocatoria, para los diferentes grupos profesionales y tipología de puestos de trabajo, procediéndose asimismo a la realización de las pruebas físicas y psicotécnicas, que tendrán carácter excluyente, para los puestos en que así se establezca en la convocatoria.
¿Cuándo se hará la convocatoria?
La convocatoria para el proceso selectivo, con indicación de los puestos que se ofertan, plazos de presentación de solicitudes, baremos de puntuación para la valoración de méritos, Comité de Selección y demás aspectos correspondientes al proceso selectivo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dentro del plazo establecido en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, previa negociación con la representación de los trabajadores.
Cupo para personas con discapacidad
En la convocatoria del correspondiente proceso selectivo se reservará un cupo no inferior al 10% para ser cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual y un 1 por ciento para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
La reserva establecida en el párrafo anterior se aplicará en los grupos y categorías profesionales, cuyas actividades o funciones sean compatibles con la existencia de una discapacidad. Las plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual se convocarán en un turno independiente. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del cupo general en las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia, respetándose, en todo caso, la correspondiente tasa de reposición prevista en la legislación básica estatal.
