El Gobierno ha aprobado una ayuda (cheque de 200 euros) a personas que tengan un bajo nivel de ingresos y patrimonio.
La nueva ayuda aprobada por el Gobierno tienen como objetivo paliar la subida de los precios; y se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, con el fin de paliar situaciones de vulnerabilidad económica, no cubiertas por otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el ingreso mínimo vital.
Para la percepción de esta ayuda, se establecen así mismo unos máximos de ingresos y patrimonios conjuntos en función de la convivencia en el domicilio, con el objetivo de que el colectivo de beneficiarios de la ayuda responda a los principios de necesidad y progresividad.
Personas beneficiarias
Serán beneficiarios de una ayuda de 200 euros, las personas físicas que durante el ejercicio 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo (asalariados, autónomos o desempleados).
Requisitos que se han de cumplir para recibir el cheque de 200 euros
Para recibir esta ayuda, se han de cumplir los siguientes requisitos:
- Haber tenido, durante todo el año 2022, ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros y disponer de un patrimonio inferior a 75.000 euros, a 31 de diciembre de 2022. El cómputo de ingresos y de patrimonio se hará de manera conjunta con su cónyuge o pareja de hecho, con aquellas personas que pudiesen dar derecho a aplicar el mínimo por descendientes, así como con los ascendientes hasta segundo grado por línea directa que convivan en el mismo domicilio.
- Tener la residencia habitual en España.
Personas excluidas de la ayuda
No tendrán derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el ingreso mínimo vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social.
Igualmente quedarán excluidos del cheque de 200 euros, las personas beneficiarias individuales cuando ellas mismas, o las personas a las que se refiere el segundo párrafo del presente apartado, durante 2022 fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.
Cómo se cobrará la ayuda
La ayuda acordada se abonará mediante transferencia bancaria, por lo que en la solicitud deberá figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono.
En el caso de que, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no se apruebe el abono de la ayuda, se notificará al solicitante dicha propuesta de resolución denegatoria. El solicitante dispondrá entonces de 10 días para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 6 meses desde la notificación del acuerdo de inicio.
Plazo de solicitud del cheque de 200 euros
La solicitud se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, rellenando el formulario electrónico que a tal efecto se ponga a disposición por la misma desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.