Inscribirse en el Registro de vivienda protegida de Sevilla (Emvisesa). Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, a través del cual el Ayuntamiento de Sevilla adjudica las viviendas protegidas.
Para ser adjudicatario de una Vivienda Protegida, ya sea en compra o en alquiler, será necesaria la inscripción en dicho Registro Público. El Registro facilita la adjudicación de vivienda garantizando los principios de publicidad, igualdad y concurrencia. Todas las viviendas protegidas de la ciudad de Sevilla, sean de iniciativa pública o privada, se adjudicarán a través del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla.
Requisitos para poder inscribirse
La inscripción implicará la comprobación previa del cumplimiento de los requisitos para acceder a una vivienda protegida, que en términos generales son:
- Ser mayor de edad.
- No ser titular de una vivienda en propiedad, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de uso o disfrute vitalicio.
- Acreditar el solicitante o la unidad familiar o de convivencia unos ingresos que no excedan de 7 veces el IPREM (una vez inscritos, el límite de veces IPREM para acceder a cada vivienda o promoción dependerá del régimen otorgado por la calificación como vivienda protegida y de los distintos planes en que se encuadren las mismas).
- El empadronamiento en la ciudad de Sevilla (durante los dos últimos años inmediatos o cinco años en cualquier momento anterior) o la vinculación laboral o profesional acreditada en nuestra ciudad en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, será uno de los criterios para la selección de demandantes de vivienda protegida en la ciudad de Sevilla, pero no será un requisito previo para la inscripción.
¿Cómo presentar una Solicitud de inscripción?
Cualquier persona que cumplan con los requisitos y que tengan interés en residir en el municipio de Sevilla, podrá solicitar la inscripción como demandante de vivienda protegida en el Registro. Cuando varias personas formen una unidad familiar o una unidad de convivencia presentarán una única solicitud.
- La solicitud se puede presentar presencialmente o de manera telemática.
- Los impresos de solicitudes se podrán obtener en los Puntos de Atención al Ciudadano y descargarse en este enlace.
Presentación en los puntos de Atención al ciudadano (de todos los Distritos de Sevilla).
- Cita previa. Deberá solicitar cita previa para ser atendido. Puede solicitarse mediante una llamada al 010 o directamente en la plataforma web del Ayuntamiento de Sevilla. Si llama al 010 debe seleccionar la opción “Ayuntamiento de Sevilla” o Emvisesa. La opción adecuada en la plataforma web es Emvisesa y Registro de Demandantes.
- Modelo de solicitud. Deberá presentar el modelo de solicitud, relleno y firmado por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.
- Documentación. Se requiere la presentación de fotocopias del último ejercicio de la declaración de la renta o del certificado de Vida Laboral (con los certificados de retenciones y pensiones, en su caso), de los DNI y el certificado de empadronamiento histórico de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. Si los solicitantes están casados o son pareja de hecho se les requerirá el libro de familia o la inscripción en el registro de parejas de hecho. Los divorciados o separados deberán presentar la sentencia y el convenio regulador, en su caso. Las personas que se inscriban en el cupo dedicado a discapacidad o dependencia presentarán la documentación acreditativa correspondiente, al igual que las víctimas de violencia de género. Si presenta la solicitud en nombre de otra persona es necesaria una autorización firmada y las fotocopias de los DNI de ambas.
Presentación telemática.
Presentación online, a través de la sede electrónica de su ayuntamiento. En función del trámite que desee realizar, consulte en el RMDVP de su municipio la información que debe remitir y si existe un formulario específico para ello.



