El Ministerio de Cultura y Deporte publica el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años.
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Finalidad
Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar parte del precio de las entradas destinadas a las personas de 65 o más años, de manera que puedan acceder al visionado de una película por el precio de 2 euros, un día a la semana, a establecer por las salas y durante el periodo comprendido desde la publicación de la resolución de concesión hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2023.
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- Personas beneficiarias: aquellas de 65 o más años de edad, con residencia legal en España, que acrediten dicha edad mediante el documento correspondiente (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia u otros equivalentes a efectos de identificación).
- Precio: se podrá acceder a las salas de cine al precio de 2 euros.
- Duración: un día a la semana, desde que se publique la resolución de la concesión y hasta el 31 de diciembre de 2023.
¿Qué salas de cine se podrán beneficiar?
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades sin ánimo de lucro, titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, en España. Las solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A. (en adelante ICAA), con anterioridad a la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
No podrán acceder a estas subvenciones las personas titulares de salas de exhibición que tengan carácter público, las que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales o aquellas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Más información
Se subvenciona el acceso a las salas de cine un día a la semana, en cualquiera de las películas y sesiones programadas para ese día. Dicho día lo establecerá la propia sala.
Las entradas únicamente podrán comprarse en las taquillas de las salas de cine, y el precio reducido no será acumulable a otros descuentos o bonificaciones.
No será subvencionable la actividad en los siguientes casos:
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- Cuando las salas ya tengan establecido el precio de 2 euros o inferior para el acceso al visionado de una película el día de la semana que aplique esta medida.
- Cuando se trate de proyección de películas calificadas «X».