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Ayudas al transporte escolar (Andalucía), hasta el 20 de abril

ayudas transporte escolar Andalucía

Andalucía convoca las ayudas al transporte escolar

La Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de Andalucía, convoca las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2025/2026 (en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva). Las ayudas individualizadas para el transporte escolar tienen como finalidad financiar los gastos de transporte del alumnado beneficiario del servicio que no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren el artículo 7 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.

¿Quiénes podrán obtener las ayudas?

  1. El alumnado del segundo ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato y de Formación Profesional Inicial de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, de la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas y no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 7 del Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos.
  2. El alumnado de la modalidad de artes del Bachillerato y de Ciclos Formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
  3.  El alumnado beneficiario del servicio que entre su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a dicho domicilio, cuando el desplazamiento sea superior a dos kilómetros.
  4. El alumnado escolarizado en un centro específico de educación especial sostenido con fondos públicos ubicado en la misma o en distinta localidad de la del domicilio familiar, cuando las necesidades derivadas de su discapacidad dificulten su desplazamiento al centro, de acuerdo con lo que establezca el dictamen de escolarización (en virtud del artículo 3.b) del Decreto 287/2009, de 30 de junio). A los efectos de esta convocatoria el alumnado escolarizado en aulas específicas se entenderá incluido en el apartado 3.b) del Decreto 287/2009, de 30 de junio.

Importe de las ayudas

Las cuantías de las ayudas individualizadas de transporte para esta convocatoria correspondiente al curso 2025/2026 se diversificarán con arreglo a la siguiente escala:

  • A partir de 2 km para las enseñanzas obligatorias y de Educación Infantil, o de 5 km en el caso de las enseñanzas postobligatorias y hasta 10 km: se concederá una cuantía de hasta 192 euros.
  • De más de 10 km a 30 km: se concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 386 euros.
  • De más de 30 km a 50 km: se concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 763 euros.
  • De más de 50 km a 100 km: se concederá una cuantía proporcional al número de kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 937 euros.
  • A partir de 100 km: 937 euros.

Para el alumnado escolarizado en aulas específicas y en centros específicos de educación especial:

  • A partir de 2 km y hasta 10 km: se concederá una ayuda por importe de 3.750 euros.
  • De más de 10 km y hasta 30 km: se concederá una ayuda por importe de 4.500 euros.
  • De más de 30 km y hasta 50 km: se concederá una ayuda por importe de 7.500 euros.
  • A partir de 50 km: se concederá una ayuda por importe de 11.500 euros.

Presentación de solicitudes

La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional: secretariavirtual. En el caso de no presentar la solicitud por vía telemática, éstas se presentarán preferentemente en la Secretaría del centro docente donde, durante el curso 2025/2026, esté matriculado el alumno o alumna solicitante de la ayuda individualizada de trasporte escolar y para el que solicite esta ayuda. El plazo para la presentación de las solicitudes está abierto hasta el 20 de abril de 2026. 

Más información

Resolución, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2025/2026. Bases de la convocatoria

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