
La Junta de Andalucía lanzará una nueva convocatoria de ayudas para la instalación de ascensores o la eliminación de barreras arquitectónicas.
Convocatoria de una nueva línea de subvenciones
La Junta de Andalucía lanzará una nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación centrada exclusivamente en mejorar la accesibilidad a los edificios con la instalación de ascensores o la eliminación de barreras arquitectónicas.
La consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Rocío Díaz, ha anunciado en el pleno del Parlamento de Andalucía la convocatoria de una nueva línea de subvenciones, con una inversión global de más de 24 millones de euros (24.415.664) que «hará que el parque residencial de Andalucía sea más accesible». Además, ha indicado que «más de 15.000 familias andaluzas han visto mejoradas sus condiciones de accesibilidad de la mano de las políticas de vivienda del Gobierno de Juanma Moreno».
Rocío Díaz ha insistido que una de las prioridades de la Consejería de Fomento es lograr «reducir las barreras arquitectónicas» en las viviendas, sobre todo para una parte de la población, en su mayoría personas mayores o con movilidad reducida. «Muchas viviendas de Andalucía se construyeron hace décadas sin ascensor ni rampas de acceso, lo que, con el tiempo, se ha convertido en un grave inconveniente para parte de la población», ha remarcado.
60, 80 o 100 por cien del coste total
La concesión de estas ayudas se realizará de forma anticipada a las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades que promuevan actuaciones para la mejora de la accesibilidad en sus edificios, como la instalación de ascensores, la colocación de salva escaleras, rampas o automatismos para la apertura de puertas.
Las subvenciones ascienden hasta el 60% del coste total de la obra, aunque se pueden elevar al 80% si en el edificio reside una persona con discapacidad o mayor de 65 años e incluso al 100% si el inmueble se encuentra dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada.
Más información sobre las ayudas
El anuncio, realizado la semana pasada, no avanza los detalles de la Orden, que esta pendiente de publicación. Si bien, en ediciones pasadas, las características de esa ayuda fueron las siguientes:
Finalidad. Estas subvenciones se solicitan principalmente para la instalación de ascensores, aunque también incluyen la colocación de salvaescaleras, rampas o automatismos para la apertura de puertas. De igual manera, sufragan parte del importe de otras mejoras de accesibilidad como la incorporación de señales luminosas, visuales y vibrotáctiles que permitan orientarse en el interior de las viviendas; la instalación de domótica para favorecer la autonomía; productos de apoyo a la audición o videoporteros.
Líneas de subvenciones. El pasado año, se establecieron dos líneas de subvenciones en función de su tipología:
-
- Línea 1. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en viviendas.La primera línea va destinada a la mejora de la accesibilidad en viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, para la que se destinará 6.179.600 euros.
- Línea 2. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva.La segunda línea se centra en el fomento de la accesibilidad en edificios, con una partida de 24.718.600 euros, y a ella pueden acudir las comunidades de propietarios.
¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas? A las subvenciones para viviendas se puede presentar el titular de la propiedad o el arrendatario y contar con el acuerdo del propietario para solicitar la subvención.
-
- La construcción de estas viviendas debe ser anterior al año que se establezca (el año pasado fue 2006), salvo que resida al menos una persona con discapacidad o mayor de 65 años.
- En el caso concreto de las ayudas a la rehabilitación de edificios, al menos un 70% de la superficie sobre rasante, salvo planta baja, debe tener uso residencial y al menos el 50% del edificio debe ser residencial habitual.
- Por último, se deberá presentar un informe técnico de Ordenación de la Edificación.
- Se tendrán también en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia, que no podrán superar el límite establecido (en la anterior edición fue cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En el caso de las ayudas a la rehabilitación de edificios, la mitad de las viviendas que componen el edificio deben tener unos ingresos inferiores a cuatro veces el IPREM.